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Agua mineral natural sin gas

Fracción Arancelaria by E-Aduana, 25 November, 2025
1 minute
11 Views
Clasificación Arancelaria

Agua mineral natural sin gas procedente de manantiales que se lleva a la fábrica embotelladora mediante tuberías de aducción, provistas de regulador de presión, el sistema es hermético, subterráneo y el agua no entra en contacto con el aire ni con agentes contaminantes.

Característica Descripción
Uso Consumo humano.
Presentación Botella de vidrio o PET de 10 ml a 6 litros.
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Aplicación
México

Al considerarse que el producto corresponde a agua mineral natural sin gas.

Por aplicación de las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado 1 y 6, y conforme:

  1. Al texto y las notas explicativas de la Partida 22.01.

Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Perú

Ídem al anterior.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Bolivia
Colombia
Ecuador

Ídem al anterior.


Al no presentarse aperturas a nivel regional y tampoco a nivel nacional.

Aplicación
Panamá

Ídem al anterior.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Uruguay

Ídem al anterior.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Argentina

Ídem al anterior.

Para las presentaciones en envases de hasta 0.5 litros.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Argentina

Ídem al anterior.

Para las presentaciones en envases con un contenido superior a 0.5 litros pero inferior o igual a 2 litros.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
Argentina

Ídem al anterior.

Para las presentaciones en envases con un contenido superior a 2 litros.


Al presentarse apertura a nivel nacional.

Aplicación
China

Ídem al anterior.


Al presentarse apertura a nivel regional.

Reglas Interpretativas del Sistema Armonizado
Regla 1
Regla 6
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Sección IV
Capítulo 22
Partida 22.01
Copied to clipboard
Updated on 25 November, 2025
Spanish

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