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  2. Reglas Interpretativas del Sistema Armonizado

Regla 5

Regla Interpretativa por E-Aduana, 14 Julio, 2024
3 minutos
506 Vistas
Internacional
Reglas Interpretativas
Clasificación Arancelaria

Regla General 5 de Interpretación Arancelaria

Índice de contenidos
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Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicaran las reglas siguientes:

  1. Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que estén destinados, se clasificaran con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. sin embargo, esta regla no se aplica a la clasificación de los continentes que confieran al conjunto el carácter esencial, y
  2. Salvo lo dispuesto en la regla 5 a), los envases que contengan mercancías se clasificaran con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías, sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.

Nota Explicativa

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REGLA 5 a)

Estuches y continentes similares

I) La presente Regla debe entenderse aplicable exclusivamente a los continentes que, al mismo tiempo:

  1. estén especialmente preparados para alojar un artículo determinado o un surtido, es decir, preparados de tal manera que el artículo contenido encuentre su lugar exacto, aunque algunos continentes puedan además tener la forma del artículo que deben contener;
  2. sean susceptibles de uso prolongado, es decir, que estén concebidos, principalmente en cuanto a resistencia o acabado para tener una duración de uso en relación con la del contenido. Estos continentes suelen emplearse para proteger al artículo que alojan cuando no se utilice (transporte, colocación, etc.). Estos criterios permiten diferenciarlos de los envases comunes;
  3. se presenten con los artículos que han de contener, aunque estén envasados separadamente para facilitar el transporte. Si se presentan aisladamente, los continentes siguen su propio régimen;
  4. sean de una clase que se venda normalmente con dichos artículos;
  5. no confieran al conjunto el carácter esencial.

II) Como ejemplos de continentes presentados con los artículos a los que se destinan y cuya clasificación se realiza por aplicación de la presente Regla se pueden citar:

  1. Los estuches y cajas especiales para joyas (partida 71.13);
  2. Los estuches para máquinas de afeitar eléctricas (partida 85.10);
  3. Los estuches para gemelos y prismáticos o los estuches para anteojos de larga vista (partida 90.05);
  4. Las fundas, cajas especiales y estuches para instrumentos de música (partida 92.02, por ejemplo);
  5. Los estuches para escopetas (partida 93.03, por ejemplo).

III) Por el contrario, se pueden citar como ejemplos de continentes que no están afectados por esta Regla, los continentes tales como las cajas de plata para té que contengan té o las copas decorativas de cerámica que contengan dulces.

ejemplo aplicación regla de interpretación arancelaria 5a

REGLA 5 b)

Envases

IV) La presente Regla rige la clasificación de los envases del tipo de los normalmente utilizados para las mercancías que contienen. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando tales envases sean claramente susceptibles de utilización repetida, por ejemplo, en el caso de ciertos bidones metálicos o de recipientes de hierro o acero para gases comprimidos o licuados.

V) Dado que la presente Regla está subordinada a la aplicación de las disposiciones de la Regla 5 a), la clasificación de los estuches y continentes similares del tipo de los mencionados en la Regla 5 a) se regirá por las disposiciones de esta Regla.

ejemplo aplicación regla de interpretación arancelaria 5b

Ejemplos de Aplicación

Denominación comercial Análisis Técnico
Set de resaltadores tipo crayola modelo porta celular

Al considerarse que el producto corresponde a un set de lápices cerámicos a base de cera y colores, acondicionados en una caja de plástico.

Por aplicación de las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado 1, 3 b), 5 a) y 6, y conforme:

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Reglas Interpretativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Junio, 2025
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