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Debate en Argentina: Licencias por Enfermedad, Costos Laborales y la Propuesta de FADEEAC para Ampliar el FAL

Artículo por Jaime Mise, 23 Febrero, 2026
4 minutos
7 Vistas
Argentina
Artículos
Organismos de Control
Índice de contenidos

En Argentina, la discusión sobre cómo financiar las licencias por enfermedad o accidente no laboral ha cobrado protagonismo en el marco del debate por la reforma laboral. La Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) presentó una propuesta para que el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) cubra también las remuneraciones durante licencias por enfermedad o accidentes inculpables, un cambio que busca aliviar la carga financiera que recae actualmente sobre las empresas privadas.

Marco Legal Vigente: Licencias por Enfermedad en Argentina

Según la legislación laboral argentina —específicamente la Ley de Contrato de Trabajo—, los trabajadores con menos de cinco años de antigüedad tienen derecho a cobrar su salario completo durante hasta tres meses de licencia por enfermedad o accidente inculpable. Este período se extiende hasta seis meses si el trabajador supera ese umbral de antigüedad, y puede duplicarse en casos de personas con cargas familiares. El empleador debe abonar estos salarios, sin participación significativa de la seguridad social en la mayoría de los casos.

Este sistema protege el ingreso del trabajador durante su recuperación, pero implica un costo importante para las empresas, sobre todo para pymes y sectores intensivos en mano de obra.

Reforma Laboral en Discusión: Cambios en Licencias por Enfermedad

El proyecto de Ley de Modernización Laboral que avanza en el Congreso propone cambios sustanciales al régimen actual. Entre otros ajustes, plantea un nuevo esquema para las prestaciones por enfermedad inculpable o accidente no laboral. Según el borrador, las prestaciones dinerarias quedarían a cargo del empleador y se pagaría un porcentaje del salario —sin ser consideradas remunerativas para otras prestaciones — según la antigüedad del trabajador.

Además, en un giro controvertido, un artículo incluido en el proyecto en el Senado proponía reducir los salarios si la incapacidad se considerara causada por una “actividad voluntaria y de riesgo”, generando discusión pública y política. Este artículo polémico fue finalmente eliminado para facilitar que el proyecto continúe su trámite legislativo.

La Propuesta de FADEEAC: Ampliar el FAL

FADEEAC propone que el Fondo de Asistencia Laboral —un mecanismo originalmente diseñado para financiar indemnizaciones por despido— también cubra las remuneraciones durante licencias por enfermedad o accidente inculpable. Según representantes de la entidad, esta modificación permitiría repartir de manera más equitativa los riesgos del sistema y aportar mayor previsibilidad para empleadores y trabajadores.

La iniciativa propone modificar el artículo 59 del proyecto de reforma laboral para incluir estos supuestos dentro del alcance del FAL, de modo que los costos asociados a licencias prolongadas no se soporten exclusivamente sobre los recursos de cada empresa.

Además, la propuesta de FADEEAC considera esquemas comparativos implementados en otros países de la región, en los cuales la participación de sistemas públicos o mixtos en el financiamiento de licencias médicas es habitual, reduciendo la carga financiera directa sobre las empresas. Esto podría servir como referencia para diseñar un modelo más sostenible en Argentina.

Modelos Regionales: Comparación Internacional

En varios países del Mercosur y la región existen sistemas donde los pagos por enfermedad inculpable cuentan con participación del Estado o de sistemas de seguridad social:

  • Chile: El subsidio por incapacidad laboral se paga a través del Fondo Nacional de Salud (FONASA) o de Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), con subsidio desde los primeros días y monto calculado sobre promedios salariales.
  • Uruguay: El Banco de Previsión Social (BPS) cubre licencias por enfermedad inculpable, abonando un porcentaje del salario desde el primer día de la licencia.
  • Brasil: Funciona con un esquema mixto: los primeros 15 días los cubre el empleador, y luego el Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) paga un subsidio equivalente a un porcentaje del salario, manteniéndose mientras dure la incapacidad certificada.
  • Paraguay: El Instituto de Previsión Social cubre licencias por enfermedad inculpable con subsidio desde el segundo día, en porcentajes sobre los aportes previos según plazos establecidos.

Estos modelos demuestran que el financiamiento compartido o basado en seguridad social puede aliviar la presión sobre las empresas sin sacrificar el derecho del trabajador a recibir un ingreso durante su convalecencia.

Impactos Económicos y Sociales

El debate sobre quién asume los costos de las licencias por enfermedad no se limita a la legislación laboral; tiene efectos económicos significativos, especialmente para pymes que deben afrontar sueldos sin ingresos productivos mientras el empleado está de baja. Estudios recientes señalan que las ausencias laborales por enfermedad representaron cerca del 49% de los casos de ausentismo en el sector privado, implicando un impacto directo sobre la productividad y costos empresariales.

Por otra parte, modificar la forma de financiamiento de estas licencias sin afectar los derechos del trabajador podría permitir mayor estabilidad para pequeñas y medianas empresas, reduciendo la vulnerabilidad ante contingencias de salud no imputables.

Hacia un Sistema Más Equitativo

La propuesta de FADEEAC para incluir las remuneraciones por licencias por enfermedad o accidentes inculpables dentro del alcance del Fondo de Asistencia Laboral propone una alternativa al modelo actual, donde el empleador asume todos los costos directos. Inspirada en modelos internacionales regionales, esta iniciativa busca equilibrar la protección del trabajador con la sostenibilidad de las empresas, ofreciendo una vía para que el sistema laboral argentino se modernice y se adapte a las necesidades de un mercado dinámico.

El avance de esta propuesta en el marco del proceso de reforma laboral será clave para definir cómo se distribuyen los riesgos y responsabilidades entre empleadores, trabajadores y el sistema de seguridad social en Argentina.

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