Ecuador

Control aduanero es la potestad de la administración aduanera para efectuar controles a todos los operadores de comercio exterior, incluidos los agentes de aduana y operadores económicos autorizados, y todas las personas que directa o indirectamente están relacionados al tráfico internacional de mercancías, en relación a su actividad, a la concesión, a la autorización o al permiso de operación otorgado.
Las exenciones a los tributos al comercio exterior previstas en el COPCI se aplican a importaciones a consumo que cumplan las condiciones establecidas para el efecto, las cuales serán verificadas por el funcionario designado para la revisión, sea esta física o electrónica, salvo el caso en que se requiera acto administrativo dictado por el Director Distrital o su delegado.
La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico entre la Administración Aduanera y la persona directa o indirectamente relacionada con cualquier formalidad, destino u operación aduanera, derivado del cumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada una de ellas, en virtud de lo cual, aquellas mercancías quedan sometidas a la potestad aduanera, y los obligados al pago de los tributos al comercio exterior, recargos y sanciones a las que hubiere lugar.