Skip to main content
Home
User account menu
  • Log in

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Breadcrumb

  1. Home
  2. Harmonized System Explanatory Notes
  3. Sección I

Capítulo 01

Nota Explicativa by E-Aduana, 15 July, 2024
2 minutes
238 Views
Internacional
Capítulos
Notas Explicativas

01 Animales vivos

Índice de contenidos

Nota Explicativa

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

1. Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto:

  1. los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas 03.01, 03.06, 03.07 o 03.08;
  2. los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02;
  3. los animales de la partida 95.08.

Consideraciones Generales

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Este Capítulo comprende todos los animales vivos (para la alimentación u otros usos), excepto:

  1. los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos;
  2. los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02;
  3. los animales que formen parte de circos, zoológicos ambulantes u otra atracción de feria (partida 95.08).

Los animales muertos durante el transporte se clasifican en una de las partidas 02.01 a 02.05, 02.07 o 02.08, si se trata de especies comestibles y se reconocen aptos para la alimentación humana. En caso contrario, se clasificarán en la partida 05.11.

Notas Complementarias Nacionales Venezuela

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse
  1. En la subpartida 0102.2 la expresión "bovinos domésticos" comprende los animales de las especies "Bos primigenius Taurus ( Bos Taurus)" y "Bos primigenius Indicus ( Bos Indicus)".
  2. En las subpartidas 0105.94.00.10 y 0105.99.00.10, la expresión “especímenes de interés genético”, comprende los animales considerados como tales por la autoridad nacional con competencia en materia de agricultura.

Notas Complementarias Estados Unidos

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse
  1. La expresión "animales reproductores de raza pura" se refiere únicamente a los animales certificados por el Departamento de Agricultura ante el Servicio de Aduanas de los Estados Unidos como de raza pura de una raza reconocida y debidamente registrados en un libro de registro reconocido por el Secretario de Agricultura para dicha raza, importados especialmente para fines de reproducción, ya sea para su uso por el propio importador o para su venta con dichos fines.[1]
  2. Ciertas disposiciones especiales aplicables a los animales vivos se encuentran en el capítulo 98.

[1]El certificado de cría pura es un formulario obsoleto y ya no se puede obtener en el Departamento de Agricultura de EE. UU.

Consulte con la Aduana de EE. UU. para obtener más información.

Notas Complementarias Centroamericanas

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse
  1. En este Capítulo, la expresión reproductores de raza pura comprende solamente animales reproductores que se consideren de raza pura por las autoridades nacionales competentes, previa comprobación mediante certificado que acredite dicha calidad, expedido por el país exportador.
  2. En el inciso arancelario 0106.41.00.00 se clasifican las abejas, incluso en colmenas, cajas u otros continentes similares
Copied to clipboard
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Updated on 29 October, 2025
Spanish
  • Partida 01.01
  • Partida 01.02
  • Partida 01.03
  • Partida 01.04
  • Partida 01.05
  • Partida 01.06
Book traversal links for Capítulo 01
  • Sección I
  • Up
  • Partida 01.01

Índice libro

  • Sección I
    • Capítulo 01
      • Partida 01.01
      • Partida 01.02
      • Partida 01.03
      • Partida 01.04
      • Partida 01.05
      • Partida 01.06
    • Capítulo 02
    • Capítulo 03
    • Capítulo 04
    • Capítulo 05
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Section XVI
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Recent content

  • Mexico Customs Duty & Import Tax Calculator
    24 February, 2026
  • Interpretative Rules of the Harmonized System
    24 February, 2026
  • Harmonized System Explanatory Notes
    23 February, 2026
  • Section XVI
    16 December, 2025
  • Harmonized System Correlation Tables
    26 August, 2024
  • Incoterms Rules
    26 August, 2024
0
E-Aduana© 2021 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise