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  2. Reglas Incoterms

Delivered Duty Paid

Artículo por Jaime Mise, 19 Agosto, 2024
6 minutos
67 Vistas
Internacional
Incoterms
Exportaciones
ddp incoterms
Índice de contenidos

Uno de los acuerdos más complejos, asigna la mínima responsabilidad al comprador y la mayor responsabilidad al vendedor.

Esta regla incoterms puede utilizarse con independencia del modo de transporte seleccionado y también puede usarse cuando se emplea más de un modo de transporte[1].

DDP - Entregada Derechos Pagados

ddp incoterms
Iustración Incoterms DDP

En una transacción en término DDP, el vendedor entrega la mercancía cuando ésta se pone a disposición del comprador, despachada para la importación en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado.

El vendedor corre con todos los costos y riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar de destino y tiene la obligación de despacharla, no sólo para la exportación, sino también para la importación, de pagar cualquier derecho de exportación e importación, y de llevar a cabo todos los trámites aduaneros.

Se recomienda:

  • Que las partes, especifiquen tan claramente como sea posible el punto en el lugar de destino acordado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto son por cuenta del vendedor.
  • Que el vendedor, proporcione contratos de transporte que se ajusten con precisión a esta elección.

Si el vendedor incurre en costos según el contrato de transporte que estén relacionados con la descarga en el lugar de destino, no tiene derecho a recuperarlos del comprador a menos que las partes lo acuerden de otro modo.

  • Que las partes, no utilicen DDP si el vendedor no puede, directa o indirectamente, conseguir el despacho de importación.

Si las partes desean que el comprador corra con todos los riesgos y costos del despacho de importación, debería utilizarse la regla DAP o DPU.

El IVA o cualquier otro impuesto pagadero a la importación son por cuenta del vendedor a menos que expresamente se acuerde de otro modo en el contrato de compraventa.

DDP Responsabilidades

VENDEDORCOMPRADOR
OBLIGACIONES GENERALES
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
ENTREGARECEPCIÓN
El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga, en el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado, en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado.
TRANSMISIÓN DE RIESGOS
El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya realizado la entrega.El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que se haya realizado la entrega.

Si:

  1. El comprador incumple sus obligaciones de proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y costo del vendedor, para obtener cualquier documento y/o información relacionada con, el tránsito, los trámites para el despacho de exportación, y los trámites para el despacho de importación, requeridos por los países de exportación, tránsito e importación.

Entonces corre con todos los riesgos resultantes de la pérdida o daño causados a la mercancía; o sí

  1. El comprador no avisa al vendedor, el momento dentro de un plazo acordado y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designado.

Entonces corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía:

  1. Desde la fecha acordada; o
  2. Desde la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega.

Siempre que la mercancía se haya identificado claramente como, los bienes objeto del contrato.

TRANSPORTE
El vendedor debe contratar o disponer a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino designado o hasta el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado.
Si no se acuerda un punto específico o si no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino designado que mejor le convenga.
El vendedor debe cumplir con todos los requisitos de seguridad relacionados con el transporte, para el transporte hasta el destino.
El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
SEGURO
El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro.El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro.
Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, cualquier información necesaria para obtener un seguro.
DOCUMENTO DE ENTREGA / TRANSPORTE
El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del vendedor, el documento que permita al comprador hacerse cargo de la mercancía.El comprador debe aceptar el documento de entrega proporcionado.
EXPORTACIÓN / DESPACHO DE IMPORTACIÓN

Le corresponde al vendedor:
Cuando sea aplicable, llevar a cabo y pagar todos los trámites de exportación, tránsito e importación, requeridos por los países de exportación, tránsito e importación, tales como:

  1. Licencia de exportación, de tránsito y de importación;
  2. Autorización de seguridad, para la exportación, para el tránsito, y para la importación;
  3. Inspección pre-envío; y/o
  4. Cualquier otra autorización oficial.

Le corresponde al comprador:
Cuando sea aplicable, proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y costo del vendedor, para obtener cualquier documento y/o información relacionada con:

  1. Tránsito;
  2. Trámites para el despacho de exportación;
  3. Trámites para el despacho de importación.

Requeridos por los países de exportación, tránsito e importación, tales como:

  1. Licencia de exportación, de tránsito, y de importación;
  2. Autorización de seguridad, para la exportación, para el tránsito, y para la importación;
  3. Inspección pre-envío; y/o
  4. Cualquier otra autorización oficial.
COMPROBACIÓN / ENVASADO / MARCADO

El vendedor:
Debe:

  1. Pagar los costos de las operaciones de verificación (tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos) necesarias al objeto de entregar la mercancía.

A sus propias expensas:

  1. Embalar la mercancía, a menos que sea usual para ese comercio en particular el transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida;
  2. Embalar y marcar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que las partes hayan acordado, en el embalaje específico o requisitos de marcado.
El comprador no tiene la obligación para el vendedor.
ASIGNACIÓN DE COSTOS

El vendedor debe pagar:

  1. Todos los gastos relativos a la mercancía y su transporte hasta que se haya realizado la entrega, poniéndola a disposición del comprador, en los medios de transporte de llegada preparada para la descarga, en el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado;
  2. Cualquier gasto de descarga en el lugar de destino acordado, que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte;
  3. Los costos de proporcionar el documento (entrega o transporte) necesario para permitir al comprador hacerse cargo de la mercancía;
  4. Cuando sea aplicable, los derechos, impuestos y cualquier otro gasto relacionado con el despacho de exportación, el despacho de importación y el tránsito; y
  5. Al comprador, todos los costos y gastos en que haya incurrido el comprador en la prestación de asistencia o información para, organizar el transporte, obtener un seguro, u obtener cualquier licencia o autorización oficial necesaria para la exportación, tránsito e importación;

El comprador debe pagar:
Todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya realizado la entrega;
Todos los gastos de descarga necesarios para proceder a la recepción de la mercancía desde los medios de transporte de llegada en el lugar de destino designado, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte;
Cualquier costo adicional contraído por el vendedor si el comprador:

  1. Incumple sus obligaciones de proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y expensas del vendedor, para obtener cualquier documento y/o información relacionada con, el tránsito, los trámites para el despacho de exportación, y los trámites para el despacho de importación, requeridos por los países de exportación, tránsito e importación; o
  2. No da aviso al vendedor de, el momento dentro de un plazo acordado y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designado.

Siempre que la mercancía se haya identificado claramente como, los bienes objeto del contrato.

AVISOS
El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medidas normalmente necesarias que permitan a este último, proceder a la recepción de la mercancía.

Siempre que se acordó, que el comprador está autorizado para determinar:

  1. El momento dentro de un plazo acordado; y/o
  2. El punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designado.

El comprador debe dar aviso suficiente de ello al vendedor.


[1] Transporte multimodal.

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Reglas Incoterms
Actualizado el 12 Agosto, 2025
Español
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  • Free Carrier
  • Free Alongside Ship
  • Free On Board
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  • Cost and Freight
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