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  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección XI

Capítulo 56

Nota Explicativa por E-Aduana, 15 Julio, 2024
4 minutos
92 Vistas
Internacional
Capítulos
Notas Explicativas

56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería

Índice de contenidos

Nota Explicativa

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1. Este Capítulo no comprende:

  1. la guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de sustancias o preparaciones (por ejemplo: de perfume o cosméticos del Capítulo 33, de jabón o detergentes de la partida 34.01, de betunes o cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres), etc. o preparaciones similares de la partida 34.05, de suavizantes para textiles de la partida 38.09), cuando la materia textil sea un simple soporte;
  2. los productos textiles de la partida 58.11;
  3. los abrasivos naturales o artificiales, en polvo o gránulos, con soporte de fieltro o tela sin tejer (partida 68.05);
  4. la mica aglomerada o reconstituida con soporte de fieltro o tela sin tejer (partida 68.14);
  5. las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de fieltro o tela sin tejer (generalmente Secciones XIV o XV);
  6. las compresas y los tampones higiénicos, pañales y artículos similares de la partida 96.19.

2. El término fieltro comprende también el fieltro punzonado y los productos constituidos por una capa de fibra textil cuya cohesión se ha reforzado mediante costura por cadeneta con las fibras de la propia capa.

3. Las partidas 56.02 y 56.03 comprenden, respectivamente, el fieltro y la tela sin tejer, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados con plástico o caucho, cualquiera que sea la naturaleza de estas materias (compacta o celular).

La partida 56.03 comprende, además, la tela sin tejer aglomerada con plástico o caucho.

Las partidas 56.02 y 56.03 no comprenden, sin embargo:

  1. el fieltro impregnado, recubierto, revestido o estratificado, con plástico o caucho, con un contenido de materia textil inferior o igual al 50 % en peso, así como el fieltro inmerso totalmente en plástico o caucho (Capítulos 39 o 40);
  2. la tela sin tejer totalmente inmersa en plástico o caucho o totalmente recubierta o revestida por las dos caras con estas mismas materias, siempre que el recubrimiento o revestimiento sea perceptible a simple vista, hecha abstracción para la aplicación de esta disposición de los cambios de color producidos por estas operaciones (Capítulos 39 o 40);
  3. las placas, hojas o tiras, de plástico o caucho celulares, combinadas con fieltro o tela sin tejer, en las que la materia textil sea un simple soporte (Capítulos 39 o 40).

4. La partida 56.04 no comprende los hilados textiles, ni las tiras y formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, cuya impregnación, recubrimiento o revestimiento no sea perceptible a simple vista (Capítulos 50 a 55, generalmente); para la aplicación de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por estas operaciones.

Consideraciones Generales

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Este Capítulo comprende una gran variedad de productos textiles de carácter bastante especial y, principalmente, la guata, el fieltro, la tela sin tejer, los hilados especiales, los cordeles, cuerdas y cordajes, así como ciertas manufacturas de estas materias.

Notas Complementarias Estados Unidos

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  1. El término "de tira ancha no fibrilada", aplicado a los cordeles, cuerdas, cuerdas o cables de las subpartidas 5607.41.10 y 5607.49.10, abarca los productos que contienen más del 65 % en peso de tira de polietileno o polipropileno no fibrilado (ya sea plegada, retorcida o rizada) con una anchura superior a 25,4 mm, sin plegar, sin torcer ni rizar.
  2. La partida 56.07 no comprende los cordeles, cuerdas, cuerdas o cables metálicos (sección XV).

Notas Estadísticas

  1. El término "red de enmalle para salmón, de nailon u otras poliamidas", tal como se utiliza en el informe estadístico número 5608.19.1010, se refiere a una red de pesca de nailon u otras fibras de poliamida, compuesta por hilos monofilamento de sección transversal máxima no superior a 0,806 mm o hilos multifilamento de 233 decitex como máximo, o una combinación de los anteriores, con doble o triple nudo, coloreada, con una malla elástica de entre 10,5 cm y 21,6 cm como máximo.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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  1. Las subpartidas 5603.14.20 y 5603.94.20 comprenden las hojas punzonadas, de peso inferior o igual a 400 g/m2, de espesor superior a 0,5 mm pero inferior o igual a 1,8 mm, impregnadas de aglutinantes, con un contenido de vidrio inferior al 10 % en peso, en rollos de diámetro comprendido entre 100 cm y 130 cm y de anchura comprendida entre 95 cm y 120 cm.

Consideraciones Generales

Para clasificar los artículos constituidos por dos o más materias textiles en las subpartidas de este capítulo, véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales de esta sección.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 11 Diciembre, 2025
Español
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