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  2. Harmonized System Explanatory Notes
  3. Sección VIII
  4. Capítulo 42

Partida 42.02

Nota Explicativa by E-Aduana, 19 July, 2024
11 minutes
903 Views
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

42.02 Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con esas materias o papel

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
42.02Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con esas materias o papel. 
 - Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios y continentes similares: 
4202.11- - Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado: 
4202.11.10- - - Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo, y   continentes similaresu
4202.11.90- - - Los demásu
4202.12- - Con la superficie exterior de plástico o materia textil: 
4202.12.10- - - Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo, y   continentes similaresu
4202.12.90- - - Los demásu
4202.19.00- - Los demásu
 - Bolsos de mano (carteras), incluso con bandolera o sin asas: 
4202.21.00- - Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regeneradou
4202.22.00- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textilu
4202.29.00- - Los demásu
 - Artículos de bolsillo o de bolso de mano (cartera): 
4202.31.00- - Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regeneradou
4202.32.00- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textilu
4202.39.00- - Los demásu
 - Los demás: 
4202.91- - Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado: 
4202.91.10- - - Sacos de viaje y mochilasu
4202.91.90- - - Los demásu
4202.92.00- - Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textilu
4202.99- - Los demás: 
4202.99.10- - - Sacos de viaje y mochilasu
4202.99.90- - - Los demásu

Fracciones Arancelarias

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Fracciones arancelarias de productos en la Partida 42.02

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Nota Explicativa

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Esta partida comprende únicamente los artículos enumerados en el texto y los continentes similares.

Estos artículos pueden ser flexibles por la ausencia de soporte rígido (artículos de marroquinería) o rígidos, debido a la existencia de un soporte sobre el que se aplica la materia que constituye la cubierta o envolvente.

Sin perjuicio de lo dispuesto en las Notas 1 y 2 de este Capítulo, los artículos comprendidos en la primera parte del texto pueden ser de cualquier materia. En esta primera parte, la expresión continentes similares comprende las cajas para sombreros, los estuches para accesorios de aparatos fotográficos, las cartucheras, las vainas de cuchillos de caza o de acampada, los estuches o cajas de herramientas portátiles especialmente concebidos o preparados en su interior para contener herramientas específicas con sus accesorios o sin ellos, etc.

Sin embargo, los artículos comprendidos en la segunda parte del texto de la partida deben estar fabricados exclusivamente con las materias enumeradas en el texto o estar recubiertos en su totalidad o en la mayor parte con estas mismas materias o con papel (el soporte puede ser de madera, metal, etc.). A estos efectos, la expresión cuero natural o regenerado comprende, entre otros, el cuero charolado, el cuero chapado y el cuero metalizado. En esta segunda parte, la expresión continentes similares comprende los billeteros, estuches de correspondencia, estuches para estilográficas, boletos o tiques, los estuches para agujas, llaves, cigarros, pipas, herramientas, joyas, cepillos, calzado, etc.

Las manufacturas de esta partida pueden tener partes de metal precioso, o de metales chapados con metal precioso, perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), incluso si estas partes no son simples accesorios o guarniciones de mínima importancia, siempre que estas partes no confieran al artículo en cuestión su carácter esencial. Así, estaría comprendido en esta partida un bolso de mano de cuero con una montura de plata y un botón de ónix (Nota 2B) del Capítulo 42).

Los términos bolsas para artículos de deporte comprenden artículos tales como las bolsas de golf, de gimnasia, para raquetas de tenis, para el transporte de esquís o para la pesca.

La expresión estuche para joyas comprende, no sólo los cofrecitos especialmente concebidos para guardar las joyas, sino también los continentes semejantes con tapa, de diversos tamaños (incluso los que presentan charnelas y dispositivos de cierre). Estos últimos están especialmente preparados para contener uno o más artículos de joyería o de bisutería, presentando el interior generalmente forrado con textil. Se utilizan para presentar y vender los artículos de joyería o bisutería, siendo susceptibles de uso prolongado.

La expresión "bolsas (sacos) aislantes para alimentos y bebidas" comprende las bolsas (sacos) aislantes reutilizables empleadas para mantener la temperatura de estos productos durante su transporte o depósito temporal.

Se excluyen de esta partida:

  1. Las bolsas para la compra, incluidas las bolsas de hojas de plástico formadas por un alma de plástico celular recubierta por los dos lados de una hoja de plástico, no concebidas para un uso prolongado, descritas en la Nota 2 A) a) de este Capítulo (partida 39.23).
  2. Los artículos de materias trenzables (partida 46.02).
  3. Los artículos que, aunque tengan el carácter de continentes, no son similares a los comprendidos en el texto, tales como cubiertas y forros para libros, protege–documentos, carpetas de expedientes, carpetas de mesa, marcos para fotografías, bomboneras, tabaqueras, ceniceros, frascos de cerámica, de cristal, etc., que están recubiertos en su totalidad o en su mayor parte. Estos artículos se clasifican en la partida 42.05 si están fabricados o revestidos de cuero natural, artificial o regenerado o en otros Capítulos si están fabricados o revestidos con otras materias.
  4. Los artículos confeccionados con redes de la partida 56.08.
  5. Los artículos de bisutería (partida 71.17).
  6. Los estuches o cajas de herramientas que no están especialmente concebidos o preparados en su interior para contener herramientas específicas con sus accesorios o sin ellos (generalmente, partidas 39.26 o 73.26).
  7. Las vainas de sables, espadas, bayonetas u otras armas blancas (partida 93.07).
  8. Los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo, juguetes, juegos y artefactos deportivos).

Notas de Subpartidas

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Subpartidas Arancelarias 4202.11, 4202.21, 4202.31 y 4202.91

En estas subpartidas, la expresión con superficie exterior de cuero, incluye el cuero recubierto con una fina capa de plástico o caucho sintético que no es perceptible a simple vista (generalmente de un espesor inferior a 0.15 mm), para proteger la superficie de cuero, sin tener en cuenta el cambio de color o brillo.

Subpartidas Arancelarias 4202.31, 4202.32 y 4202.39

Estas subpartidas comprenden los artículos que se llevan en el bolsillo o en el bolso de mano, y principalmente, las fundas y estuches para gafas, las billeteras, los portamonedas, los portallaves, pitilleras, petacas, portapipas y bolsas para tabaco.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Para interpretar la expresión «superficie exterior» véase la nota complementaria 1 de este capítulo así como la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 4202.11, 4202.21, 4202.31 y 4202.91.

Esta partida comprende las fundas completas de raquetas, aunque no tengan ni asas ni bandoleras.

En todo caso, esta partida no comprende las fundas que solo cubren el marco de raquetas de tenis o de badminton, las cabezas de palos (clubs) de golf, etc., confeccionadas con tejido (normalmente recubierto de plástico) incluso con un bolsillo para guardar las pelotas (partida 63.07).

Esta partida comprende también los pequeños sacos (bolsas) constituidos por hojas de plástico con un sistema de cierre (por ejemplo, una cremallera) diseñado para un uso prolongado. Generalmente tienen bordes reforzados (por ejemplo, de plástico o de materia textil) o cosidos. Pueden utilizarse, por ejemplo, como bolsas de aseo, bolsas para lápices o bolsas para documentos, y pueden estar equipados con un asa o un cordel.

Algunos ejemplos de estos sacos son:

bolsas con bordes reforzados

Esta partida no comprende los pequeños sacos sencillos constituidos por hojas de plástico con un cierre no diseñado para un uso prolongado. Estos sacos llevan un sellado simple en los bordes, sin refuerzos (por ejemplo, no tienen bordes reforzados de material textil o plástico, ni van cosidos). Pueden tener un pliegue en la parte inferior o en los lados y, por lo general, tienen un cierre simple de tipo cremallera de plástico con un deslizador. Pueden estar equipados con un pequeño mango o con un cordel. Deben clasificarse según su materia constitutiva (clasificación en el capítulo 39).

Algunos ejemplos de estos sacos son:

bolsas con cierres simples

Subpartidas Arancelarias 4202.11.10 y 4202.11.90

Con la superficie exterior de cuero natural o cuero regenerado

En lo que se refiere a la interpretación de la expresión «cuero regenerado», véanse las notas explicativas del SA, partida 41.15, apartado I.

Subpartidas Arancelarias 4202.12.11 y 4202.12.19

De hojas de plástico

La clasificación en estas subpartidas de contientes con la materia exterior formada por una materia compuesta cuya capa exterior perceptible a simple vista es una hoja de plástico (por ejemplo: un tejido de materia textil combinado con una hoja de plástico), es independiente de que esta hoja estuviera fabricada por separado y antes de la creación de la materia compuesta o que sea el resultado de aplicar un recubrimiento a otra materia (por ejemplo: a un tejido) siempre que la capa exterior perceptible a simple vista presente un aspecto similar al de una hoja de plástico añadida, fabricada previamente.

Subpartida Arancelaria 4202.22.10

De hojas de plástico

Véase la nota explicativa de las subpartidas 4202.12.11 y 4202.12.19.

Subpartida Arancelaria 4202.31.00 a 4202.39.00

Artículos de bolsillo o de bolso de mano (carteras)

Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 4202.31, 4202.32 y 4202.39.

Estas subpartidas comprenden asimismo los estuches para teléfonos móviles que, por sus características y diseño, se llevan normalmente en el bolsillo o en el bolso de mano.

Las fundas para teléfono móvil de estas subpartidas están comprendidas en la primera parte del texto de la partida y, por lo tanto, pueden estar compuestas de cualquier materia.

Pueden haber sido diseñadas para un teléfono móvil específico o para diferentes modelos de teléfonos móviles que tengan las mismas dimensiones.

Pueden ir equipadas o no con un dispositivo de cierre. Cubren la parte trasera, los laterales y la parte delantera del teléfono móvil a fin de protegerlo. Quedan excluidas, sin embargo, las fundas sencillas que cubren únicamente la parte trasera y los laterales del teléfono móvil, ya que no reúnen las características de las fundas de la partida 42.02 y se clasifican en función de su materia constitutiva.

No obstante, estas subpartidas no comprenden las fundas, ya tengan o no soporte, para ordenadores tableta, ordenadores minitableta o libros electrónicos, ya que, debido a su tamaño, estos dispositivos no se consideran artículos que se transporten normalmente en el bolsillo o en el bolso de mano (clasificación en las subpartidas 4202 91 80 a 4202 99 00, en función de su materia constitutiva). Dichas fundas están comprendidas en la primera parte del texto y pueden estar compuestas de cualquier materia.

Tampoco se clasifican en estas subpartidas los artículos utilizados como fundas protectoras para estuches de carga de auriculares inalámbricos. Estas fundas están diseñadas para proteger el exterior del estuche de carga inalámbrica y se venden en muchos diseños diferentes (en una o en dos piezas, de diferentes materiales y colores, con estampados, con imágenes o texto, pueden incluir un gancho de mosquetón, etc.). Estas fundas para estuches de carga de auriculares inalámbricos se clasificarán en función de la materia constitutiva.

Subpartida Arancelaria 4202.32.10

De hojas de plástico

Véase la nota explicativa de las subpartidas 4202.12.11 y 4202.12.19.

Subpartidas Arancelarias 4202.91 a 4202.99

Otros

Estas subpartidas comprenden las denominadas «carpetas de escritura» (véanse también las notas explicativas del sistema armonizado de la partida 42.02, apartado 4, que incluye «carpetas de escritura» como ejemplo de «continentes similares» comprendidos en la segunda parte de la partida 42.02).

Las carpetas de escritura generalmente están reforzadas y diseñadas para ser usadas mucho tiempo. Suelen tener uno o más bolsillos y gomas para guardar un cuaderno, papeles y material de escritorio.

Las carpetas de escritura pueden ir cerradas con una cremallera todo alrededor o con una banda elástica, una hebilla o con una solapa con un broche de presión. No obstante, que tengan o no cierre y de qué tipo no es un criterio decisivo para la clasificación de las carpetas de escritura en la partida 42.02. Las carpetas de escritura sin cierre también se clasifican en esta partida.

A continuación se muestran algunos ejemplos de carpetas de escritura de las subpartidas 4202.91 a 4202.99:

carpeta de escritura
Imagen 1
carpeta de escritura
Imagen 2
carpeta de escritura
Imagen 3

Subpartidas Arancelarias 4202.91.80 y 4202.92.19 y 4202.92.98 y 4202.99.00

Los demás

Estas subpartidas comprenden los denominados «portatrajes» diseñados para el transporte de ropa. Estos portatrajes están fabricados con materiales duraderos y son adecuados para un uso prolongado. Están equipados con asa o asas. En general, para facilitar su transporte, pueden doblarse y sus mitades juntarse mediante botones, broches o cremalleras. Aparte de tener normalmente un cierre de cremallera en la parte delantera, suelen estar equipados con cierres, compartimentos, bolsillos, etc. adicionales.

Sin embargo, se excluyen los «portatrajes» simples que sirven para almacenar, proteger o transportar durante un breve período prendas de vestir, por ejemplo, tras la limpieza en seco (clasificación por materias constitutivas, generalmente partida 39.26 o partida 63.07). Véase también la nota explicativa de la partida 63.07 (6). Estos portatrajes no suelen estar equipados con asas y, por lo general, solo llevan un cierre de cremallera en la parte delantera para colocar la ropa y una abertura para insertar una percha.

Subpartidas Arancelarias 4202.92.11 a 4202.92.19

De hojas de plástico

Véase la nota explicativa de las subpartidas 4202.12.11 y 4202.12.19.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Updated on 10 December, 2025
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  • Sección VIII
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    • Capítulo 42
      • Partida 42.01
      • Partida 42.02
      • Partida 42.03
      • Partida 42.04
      • Partida 42.05
      • Partida 42.06
    • Capítulo 43
  • Sección IX
  • Sección X
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