| Partida 01.01 |
Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos |
| Partida 01.02 |
Animales vivos de la especie bovina |
| Partida 01.03 |
Animales vivos de la especie porcina |
| Partida 01.04 |
Animales vivos de las especies ovina o caprina |
| Partida 01.05 |
Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las especies domésticas, vivos |
| Partida 01.06 |
Los demás animales vivos |
| Partida 02.01 |
Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada |
| Partida 02.02 |
Carne de animales de la especie bovina, congelada |
| Partida 02.03 |
Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada |
| Partida 02.04 |
Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada |
| Partida 02.05 |
Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, fresca, refrigerada o congelada |
| Partida 02.06 |
Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados |
| Partida 02.07 |
Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados |
| Partida 02.08 |
Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados |
| Partida 02.09 |
Tocino sin partes magras y grasa de cerdo o de ave sin fundir ni extraer de otro modo, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados |
| Partida 02.10 |
Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos |
| Partida 03.01 |
Peces vivos |
| Partida 03.02 |
Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04 |
| Partida 03.03 |
Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04 |
| Partida 03.04 |
Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados |
| Partida 03.05 |
Pescado seco, salado o en salmuera; pescado ahumado, incluso cocido antes o durante el ahumado |
| Partida 03.06 |
Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera |
| Partida 03.07 |
Moluscos, incluso separados de sus valvas, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; moluscos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado |
| Partida 03.08 |
Invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; invertebrados acuáticos ahumados, excepto los crustáceos y moluscos, incluso cocidos antes o durante el ahumado |
| Partida 03.09 |
Harina, polvo y «pellets» de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, aptos para la alimentación humana |
| Partida 04.01 |
Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante |
| Partida 04.02 |
Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante |
| Partida 04.03 |
Yogur; suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao |
| Partida 04.04 |
Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte |
| Partida 04.05 |
Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar |
| Partida 04.06 |
Quesos y requesón |
| Partida 04.07 |
Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos |
| Partida 04.08 |
Huevos de ave sin cáscara (cascarón) y yemas de huevo, frescos, secos, cocidos en agua o vapor, moldeados, congelados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
| Partida 04.09 |
Miel natural |
| Partida 04.10 |
Insectos y demás productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte |
| Partida 05.01 |
Cabello en bruto, incluso lavado o desgrasado; desperdicios de cabello |
| Partida 05.02 |
Cerdas de cerdo o de jabalí; pelo de tejón y demás pelos para cepillería; desperdicios de dichas cerdas o pelos |
| Partida 05.03 |
[05.03] |
| Partida 05.04 |
Tripas, vejigas y estómagos de animales, excepto los de pescado, enteros o en trozos, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados |
| Partida 05.05 |
Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas |
| Partida 05.06 |
Huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y desperdicios de estas materias |
| Partida 05.07 |
Marfil, concha (caparazón) de tortuga, ballenas de mamíferos marinos (incluidas las barbas), cuernos, astas, cascos, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada; polvo y desperdicios de estas materias |
| Partida 05.08 |
Coral y materias similares, en bruto o simplemente preparados, pero sin otro trabajo; valvas y caparazones de moluscos, crustáceos o equinodermos, y jibiones, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada, incluso en polvo y desperdicios |
| Partida 05.09 |
[05.09] |
| Partida 05.10 |
Ambar gris, castóreo, algalia y almizcle; cantáridas; bilis, incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos farmacéuticos, frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente de otra forma |
| Partida 05.11 |
Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana |
| Partida 06.01 |
Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, en reposo vegetativo, en vegetación o en flor; plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la partida 12.12 |
| Partida 06.02 |
Las demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos; micelios |
| Partida 06.03 |
Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma |
| Partida 06.04 |
Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas, sin flores ni capullos, y hierbas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma |
| Partida 07.01 |
Papas (patatas) frescas o refrigeradas |
| Partida 07.02 |
Tomates frescos o refrigerados |
| Partida 07.03 |
Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados |
| Partida 07.04 |
Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados |
| Partida 07.05 |
Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias, comprendidas la escarola y la endibia (Cichorium spp.), frescas o refrigeradas |
| Partida 07.06 |
Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, pionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados |
| Partida 07.07 |
Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados |
| Partida 07.08 |
Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas |
| Partida 07.09 |
Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas |
| Partida 07.10 |
Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas |
| Partida 07.11 |
Hortalizas conservadas provisionalmente, pero todavía impropias, en este estado, para consumo inmediato |
| Partida 07.12 |
Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación |
| Partida 07.13 |
Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas |
| Partida 07.14 |
Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú |
| Partida 08.01 |
Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
| Partida 08.02 |
Los demás frutos de cáscara frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
| Partida 08.03 |
Bananas, incluidos los plátanos «plantains», frescos o secos |
| Partida 08.04 |
Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos |
| Partida 08.05 |
Agrios (cítricos) frescos o secos |
| Partida 08.06 |
Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas |
| Partida 08.07 |
Melones, sandías y papayas, frescos |
| Partida 08.08 |
Manzanas, peras y membrillos, frescos |
| Partida 08.09 |
Damascos (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones y nectarinas), ciruelas y endrinas, frescos |
| Partida 08.10 |
Las demás frutas u otros frutos, frescos |
| Partida 08.11 |
Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
| Partida 08.12 |
Frutas y otros frutos, conservados provisionalmente, pero todavía impropios, en este estado, para consumo inmediato |
| Partida 08.13 |
Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este capítulo |
| Partida 08.14 |
Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional |
| Partida 09.01 |
Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción |
| Partida 09.02 |
Té, incluso aromatizado |
| Partida 09.03 |
Yerba mate |
| Partida 09.04 |
Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados |
| Partida 09.05 |
Vainilla |
| Partida 09.06 |
Canela y flores de canelero |
| Partida 09.07 |
Clavos (frutos enteros, clavillos y pedúnculos) |
| Partida 09.08 |
Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos |
| Partida 09.09 |
Semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino o alcaravea; bayas de enebro |
| Partida 09.10 |
Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri y demás especias |
| Partida 10.01 |
Trigo y morcajo (tranquillón) |
| Partida 10.02 |
Centeno |
| Partida 10.03 |
Cebada |
| Partida 10.04 |
Avena |
| Partida 10.05 |
Maíz |
| Partida 10.06 |
Arroz |
| Partida 10.07 |
Sorgo de grano (granífero) |
| Partida 10.08 |
Alforfón, mijo y alpiste; los demás cereales |
| Partida 11.01 |
Harina de trigo o de morcajo (tranquillón) |
| Partida 11.02 |
Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón) |
| Partida 11.03 |
Grañones, sémola y «pellets», de cereales |
| Partida 11.04 |
Granos de cereales trabajados de otro modo (por ejemplo: mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados o quebrantados), excepto el arroz de la partida 1006; germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido |