Skip to main content
Home
User account menu
  • Log in

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Breadcrumb

  1. Home
  2. Harmonized System Explanatory Notes
  3. Sección X

Capítulo 48

Nota Explicativa by E-Aduana, 15 July, 2024
27 minutes
327 Views
Internacional
Capítulos
Notas Explicativas

48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón

Índice de contenidos

Nota Explicativa

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

1. En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.

2. Este Capítulo no comprende:

  1. los artículos del Capítulo 30;
  2. las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
  3. los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);
  4. el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05);
  5. el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;
  6. el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);
  7. el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de esta última sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);
  8. los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje);
  9. los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);
  10. Ídem al anterior.
  11. los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);
  12. los artículos de los Capítulos 64 o 65;
  13. los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón (partida 68.14); por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este Capítulo;
  14. las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente Secciones XIV o XV);
  15. los artículos de la partida 92.09;
  16. los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
  17. los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: botones, compresas y tampones higiénicos, pañales).

3. Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento. Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.

4. En este Capítulo, se considera papel prensa el papel sin estucar ni recubrir del tipo utilizado para la impresión de diarios, en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico sea superior o igual al 50 % en peso del contenido total de fibra, sin encolar o muy ligeramente encolado, cuyo índice de rugosidad, medido en el aparato Parker Print Surf (1 MPa) sobre cada una de las caras, sea superior a 2,5 micras (micrómetros, micrones) y de peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 65 g/m2 y presentado exclusivamente a) en tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 28 cm; o b) en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 28 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.

5. En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químico-mecánico que cumplan alguna de las condiciones siguientes:

A) Para el papel o cartón de peso inferior o igual a 150 g/m2:

a) un contenido de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior o igual al 10 %, y

  1. un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
  2. estar coloreado en la masa;

b) un contenido de cenizas superior al 8 %, y

  1. un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
  2. estar coloreado en la masa;

c) un contenido de cenizas superior al 3 % y un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 %;

d) un contenido de cenizas superior al 3 % pero inferior o igual al 8 %, un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60 % y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2,5 kPa-m2/g;

e) un contenido de cenizas inferior o igual al 3 %, un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 % y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2,5 kPa·m2/g.

B) Para el papel o cartón de peso superior a 150 g/m2:

a) estar coloreado en la masa;

b) un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60 %, y

  1. un espesor inferior o igual a 225 micras (micrómetros, micrones), o
  2. un espesor superior a 225 micras (micrómetros, micrones) pero inferior o igual a 508 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 3 %;

c) un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60 %, un espesor inferior o igual a 254 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 8 %.

Sin embargo, la partida 48.02 no comprende el papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) ni el papel y cartón fieltro.

6. En este Capítulo, se entiende por papel y cartón Kraft, el papel y cartón con un contenido de fibras obtenidas por procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra.

7. Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasifican en la que, de entre ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.

8. En las partidas 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presenten en una de las formas siguientes:

  1. tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
  2. hojas en forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.

9. En la partida 48.14, se entiende por papel para decorar y revestimientos similares de paredes o techos:

a) el papel en bobinas (rollos) de anchura superior o igual a 45 cm pero inferior o igual a 160 cm, adecuado para la decoración de paredes o de techos:

  1. graneado, gofrado, coloreado, impreso con motivos o decorado de otro modo en la superficie (por ejemplo: con tundizno), incluso recubierto o revestido de un plástico protector transparente; o
  2. con la superficie graneada debido a la presencia de partículas de madera, de paja, etc; o
  3. recubierto o revestido en la cara vista con plástico que esté graneado, gofrado, coloreado, impreso con motivos o decorado de otro modo; o
  4. revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizada;

b) las cenefas y frisos de papel, tratados como los anteriores, incluso en bobinas (rollos), adecuados para la decoración de paredes o techos;

c) los revestimientos murales de papel constituidos por varios paneles, en bobinas (rollos) o en hojas, impresos de modo que formen un paisaje, una figura u otro motivo después de colocados en la pared.

Las manufacturas con soporte de papel o cartón susceptibles de utilizarse como cubresuelos o como revestimientos de paredes se clasifican en la partida 48.23.

10. La partida 48.20 no comprende las hojas y tarjetas sueltas, cortadas en formatos, incluso impresas, estampadas o perforadas.

11. Se clasifican, entre otros, en la partida 48.23, el papel y cartón perforados para mecanismos Jacquard o similares y los encajes de papel.

12. El papel, cartón, guata de celulosa y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no sean accesorias en relación con su utilización principal se clasifican en el Capítulo 49, excepto los artículos de las partidas 48.14 y 48.21.

Notas de Subpartidas

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

1. En las subpartidas 4804.11 y 4804.19, se considera papel y cartón para caras (cubiertas) («Kraftliner»), el papel y cartón alisados en ambas caras o satinados en una cara, presentados en bobinas (rollos) en los que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa   (soda) sea superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 115 g/m2 y con una resistencia mínima al estallido Mullen igual a los valores indicados en el cuadro siguiente o, para cualquier otro peso, sus equivalentes interpolados o extrapolados linealmente.

PesoResistencia mínima al estallido Mullen
g/m2kPa
115393
125417
200637
300824
400961

2. En las subpartidas 4804.21 y 4804.29, se considera papel Kraft para sacos (bolsas) el papel alisado en ambas caras, presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior o igual a 60 g/m2 pero inferior o igual a 115 g/m2, y que responda a una de las condiciones siguientes:

  1. que tenga un índice de estallido Mullen superior o igual a 3,7 kPa-m2/g y un alargamiento superior al 4,5 % en la dirección transversal y al 2 % en la dirección longitudinal de la máquina;
  2. que tenga la resistencia mínima al desgarre y a la ruptura por tracción indicadas en el cuadro siguiente o sus equivalentes interpolados linealmente para cualquier otro peso:
 Resistencia mínima al desgarre mNResistencia mínima a la ruptura por tracción kN/m
Peso g/m2Dirección longitudinal de la máquinaDirección longitudinal de la máquina más dirección transversalDirección transversalDirección longitudinal de la máquina más dirección transversal
607001.5101,96
708301.7902,37,2
809652.0702,88,3
1001.2302.6353,710,6
1151.4253.0604,412,3

3. En la subpartida 4805.11, se entiende por papel semiquímico para acanalar el papel presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras crudas de madera de frondosas obtenidas por la combinación de procedimientos mecánico y químico sea superior o igual al 65 % en peso del contenido total de fibra y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,8 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50 %, a una temperatura de 23 ºC.

4. La subpartida 4805.12 comprende el papel en bobinas (rollos), compuesto principalmente de pasta de paja obtenida por la combinación de procedimientos mecánico y químico, de peso superior o igual a 130 g/m2 y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1,4 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50 %, a una temperatura de 23 ºC.

5. Las subpartidas 4805.24 y 4805.25 comprenden el papel y cartón compuestos exclusiva o principalmente de pasta de papel o cartón reciclado (de desperdicios y desechos). El papel «Testliner» puede igualmente tener una capa superficial de papel coloreado o compuesto de pasta blanqueada o cruda, sin reciclar. Estos productos tienen un índice de estallido Mullen superior o igual a 2 kPa-m2/g.”

6. En la subpartida 4805.30, se entiende por papel sulfito para envolver, el papel satinado en una cara en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfito sea superior al 40 % en peso del contenido total de fibra, con un contenido de cenizas inferior o igual al 8 % y con un índice de estallido Mullen superior o igual a 1,47 kPa-m2/g.

7. En la subpartida 4810.22, se entiende por papel estucado o cuché ligero (liviano) («L.W.C.») («light-weight coated»), el papel estucado en las dos caras, de peso inferior o igual a 72 g/m2, con un peso de la capa de estucado inferior o igual a 15 g/m2 por cada cara, con un soporte constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico, cuyo contenido sea superior o igual al 50 % en peso del contenido total de fibra.

Nota 1 de Subpartida

En esta Nota, la resistencia mínima al estallido Mullen se expresa en kilopascales (kPa). Los valores equivalentes expresados en g/cm2 son los siguientes:

Peso g/m2KPag/cm2
1153934,030
1254174,250
2006376,500
3008248,400
4009619,800

El cálculo para los valores intermedios (interpolación) o para valores eventualmente superiores a 400 gr. (extrapolación) puede hacerse por medio de las fórmulas siguientes:

Peso baseResistencia mínima al estallido Mullen g/cm2
Que no exceda de 125 g/m2.Peso base (g/m2) x 22 + 1,500
Que exceda de 125 g/m2,   
Pero sin exceder de 200 g/m2.
Peso base (g/m2) x 30 + 500
Que exceda de 200 g/m2,    
Pero sin exceder de 300 g/m2.
Peso base (g/m2) x 19 + 2,700
Que exceda de 300 g/m2.Peso base (g/m2) x 14 + 4,200

Nota 2 de subpartida

Para los papeles con un peso por metro cuadrado situado entre los valores indicados en esta Nota, la resistencia mínima puede calcularse (con un margen de error inferior o igual al 2%) por medio de las fórmulas del cuadro siguiente:

 Valor Mínimo
Desgarre, en dirección longitudinal (mN) (cifra redondeada al múltiplo más próximo de 5 milinewtons).Peso base (g/m2) x 13.23 – 94.64
Desgarre, en dirección longitudinal más Dirección transversal (mN) (cifra redondeada como se indica más arriba).Peso base (g/m2) x 28.22 – 186.2
Alargamiento en dirección transversal (kN/m).   
Alargamiento en dirección longitudinal
Peso base (g/m2) x 0.0449 – 0.8186
Más dirección transversal (kN/m).Peso base (g/m2) x 0.1143 – 0.829

Consideraciones Generales

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

En las Notas Explicativas de este Capítulo, y salvo disposición en contrario, el término papel abarca al mismo tiempo el cartón y el papel, sin tener en cuenta el espesor o el peso por metro cuadrado.

El papel se compone de las fibras celulósicas de la pasta del Capítulo 47 entremezcladas y aglomeradas en forma de hojas. Numerosos productos, como ciertas materias utilizadas en la fabricación de bolsitas de té, están constituidos por una mezcla de fibras celulósicas y fibras textiles (especialmente fibras sintéticas o artificiales, tal como se definen en la Nota 1 del Capítulo 54). Los productos en los que las fibras textiles predominen en peso no se consideran papel sino que se clasifican como tela sin tejer (partida 56.03).

Para determinar las propiedades físicas del papel y cartón del Capítulo 48 y con el fin de evitar cualquier incoherencia que pueda resultar de la aplicación de diferentes métodos de ensayo, es especialmente deseable que todas las administraciones utilicen los de la Organización Internacional de Normalización (ISO). Cada vez que se mencionen en este Capítulo los criterios analíticos y físicos enumerados a continuación hay que utilizar las normas ISO siguientes:

Contenido de cenizas: 
IS0 2144Papel y cartón - Determinación de las cenizas
Grado de blancura: 
IS0 2470Papel y cartón - Medida del factor de reflectancia difusa por incidencia (grado de blancura ISO)
Determinación de la resistencia e índice de estallido: 
IS0 2758Papel - Determinación de la resistencia de estallido
IS0 2759Cartón - Determinación de la resistencia de estallido
CMT 60 (resistencia de formación por choque o aplastamiento): 
IS0 7263Papel acanalado plisado medio para cartón ondulado - Determinación de la resistencia al aplastamiento de las ondulaciones después del plegado en Laboratorio
Composición de las fibras: 
IS0 9184/1-3Papel, cartón y pasta - Análisis de la mezcla de los diversos componentes del papel o cartón.
Gramaje (peso): 
IS0 536Papel y cartón - Determinación del gramaje
Índice de rugosidad “Parker Print-Surf” 
IS0 8791/4Papel y cartón- Determinación de la rugosidad/lisura (métodos de pérdida por el aire)
Espesor de una hoja sola: 
IS0 534Papel y cartón - Determinación del espesor y la densidad de la masa aparente o densidad aparente de la hoja.
Resistencia al desgarro: 
IS0 1974Papel - Determinación de la resistencia al desgarro (Método Elmendorf)
Resistencia a la ruptura por tracción: 
IS0 1924/2Papel y cartón - Determinación de las propiedades a esfuerzos de tracción - Apartado 2: Método de variación constante de elongación.

Tanto si se hace mecánicamente como si se hace a mano, la fabricación propiamente dicha del papel consta de tres fases distintas: la preparación de la pasta, la formación de las hojas y el acabado (aprestos o transformaciones).

PREPARACIÓN DE LA PASTA

La preparación de la pasta tiene por objeto dar a la pasta papelera (incluso constituida por una mezcla de distintas pastas), por dilución en agua y mezclado mecánico, una consistencia conveniente, después de la incorporación eventual de cargas, colas o de colorantes.

Las cargas, que son casi siempre de origen inorgánico (por ejemplo: caolín, dióxido de titanio, carbonato de calcio), sirven para aumentar la opacidad del papel, mejorar la aptitud para la impresión y economizar pasta. Las colas, generalmente constituidas por gelatina o resinas insolubilizadas por un alumbre, hacen al papel menos absorbente para la tinta, etc.

FORMACIÓN DE LA HOJA

A) Papel y cartón fabricado mecánicamente.

En la máquina de mesa plana (tipo Fourdrinier), la más extendida, la pasta así preparada se vierte en un órgano filtrante (caja de llegada de la pasta) y después en una mesa de fabricación constituida por una tela sin fin ancha y larga, de monofilamentos sintéticos o artificiales, de latón o de bronce, que se desplaza como un tapiz móvil y animada, generalmente, de un movimiento vibratorio que facilita el afieltrado de las fibras, mientras que la eliminación del agua se efectúa a través de la tela por gravedad y con la ayuda de dispositivos como las cajas aspirantes y las de desgotado, que están colocadas en el recorrido de la tela. En ciertas máquinas la banda de pasta, sin consistencia todavía, pasa después por un cilindro desgotador (“dandyroll”), provisto de tela metálica, que activa el escurrido de la hoja y la consolida. Según la textura y el labrado específico de la tela, el “dandyroll” permite imprimir al mismo tiempo una filigrana en la hoja. En el extremo de la mesa, la hoja es recogida por una larga banda de fieltro sin fin que la conduce a los cilindros secadores, igualmente provistos de fieltro (prensa húmeda), después pasa entre cilindros metálicos calentados (prensa seca), que perfeccionan el secado.

El método de doble tela, utilizado principalmente en la industria del papel prensa, constituye otra técnica de fabricación. La pasta pasa entre dos rodillos de formado y es transportada entre dos “telas” en una distancia muy corta. En los aparatos que utilizan un método de inyección vertical, esta distancia es habitualmente inferior a 2 metros. Durante este corto trayecto, el agua absorbida por las telas es eliminada por las cajas y los cilindros aspirantes y el papel adquiere forma. La banda de papel así formada es arrastrada a la sección de prensas y al secado. Este método permite obtener un producto con las caras similares, eliminando así el lado fieltro y el lado tela del producto fabricado por el método de mesa plana.

En otros tipos de máquinas análogas, la mesa plana Fourdrinier se reemplaza simplemente por un gran tambor rotativo en celosía, guarnecido con tela metálica y semiinmerso en una cuba llena de pasta refinada (máquina de forma redonda). Al girar la tela metálica se carga con una capa de pasta que se escurre y aglomera antes de llegar a la banda de fieltro de la prensa húmeda, ya sea en banda continua, o bien en hojas separadas, gracias a un dispositivo de tabicado de la forma. Una variante de estas máquinas permite obtener, hoja por hoja, cartones de una o varias capas por enrollado y cortado (enrolladora).

Para la fabricación de papel y cartón multiplex, compuesto de varias capas de pasta producidas simultáneamente y reunidas, en la máquina, húmedas y sin aglutinante, se utilizan máquinas que llevan varias mesas planas superpuestas o una batería de formas redondas (máquinas multiformes) o también máquinas combinadas con mesas planas y formas redondas. Las capas de pasta pueden ser de color o de calidades diferentes.

B) Papel y cartón hecho a mano (hoja a hoja).

En el papel y cartón hecho a mano, la fase de fabricación esencial, es decir, la formación de la hoja, se realiza a mano, incluso si se ejecutan a máquina operaciones posteriores.

El papel hecho a mano (llamado también a la tina o a la forma) puede obtenerse, en principio, a partir de cualquier pasta para papel, pero se utiliza generalmente pasta a base de trapos de lino o de algodón de la mejor calidad.

La formación de la hoja se hace sacando un poco de pasta líquida sobre la tela metálica de una especie de tamiz rectangular manual (forma) que el obrero sacude para eliminar la mayor parte del agua y afieltrar las fibras. Las hojas se prensan a continuación entre dos fieltros y después se secan en el aire.

La napa metálica de la forma en la que se afieltran las fibras puede llevar hilos paralelizados (verjurado) o dispuestos con un ligamento tafetán (papel tela) y llevar además dibujos o motivos (filigranas).

Las características del papel hecho a mano, que son la resistencia, la durabilidad y sobre todo la calidad del grano, lo hacen adecuado para usos muy especiales: ediciones de gran calidad (libros, grabados, aguafuertes, etc.), papel de cartas de lujo, papel para dibujo, papel timbrado, papel para billetes de banco, papel registro, papel filtro especial, etc. Se emplea también para fabricar tarjetas de felicitación, papel con membrete, calendarios, etc.

Por el hecho de que con frecuencia se obtiene directamente en el formato usual, el papel hecho a mano presenta normalmente los bordes muy irregularmente dentados y adelgazados, con barbas y de espesor poco uniforme. Este criterio no es sin embargo determinante, pues este papel a veces se corta y, por otra parte, algunos papeles mecánicos de calidad, especialmente los que se obtienen en máquinas llamadas “redondas”, pueden cortarse con los bordes dentados, aunque en este caso el corte es regular y limpio.

OPERACIONES DE ACABADO

Después de una eventual humidificación, el papel puede someterse a un trabajo de acabado en dispositivos mecánicos de rodillo incorporados o no a la máquina (rodillo secador-glaseador, rodillo de fricción, lisas, calandrias), que permiten dar al papel un glaseado de superficie más o menos intenso en una sola cara (papel friccionado) o en las dos caras (papel alisado, satinado, glaseado, etc.) y, a veces, incluso un cierto afiligranado (falsa filigrana). Prácticamente todos los papeles ordinarios para escritura, impresión o dibujo reciben igualmente un apresto en la superficie (encolado superficial) constituido, por ejemplo, por una especie de cola o de disolución de almidón para mejorar la resistencia superficial, así como la resistencia a la penetración y la difusión de líquidos acuosos, tales como la tinta de escribir.

Papel y cartón cuché o estucado

Estos términos designan el papel en el que una o ambas superficies están recubiertas o estucadas para obtener un glaseado especialmente intenso y adecuar la superficie a determinados usos específicos.

Los productos de recubrimiento son generalmente sustancias minerales, aglutinantes y otros aditivos necesarios para el recubrimiento, tales como endurecedores y dispersantes.

El papel carbón, el papel llamado “autocopia” y demás papeles para copiar o reportar, en rodillos o en hojas de dimensiones determinadas, se clasifican en la partida 48.09.

El papel y cartón cuché o estucado con caolín u otras sustancias inorgánicas con aglomerante o sin él, en rodillos o en hojas, se clasifica en la partida 48.10. Además del caolín, las sustancias inorgánicas utilizadas para el estucado comprenden principalmente el sulfato de bario, el carbonato de calcio, el sulfato de calcio, el silicato de magnesio, el óxido de zinc y el polvo metálico. Estas materias de estucado se aplican generalmente con aglutinantes tales como cola, gelatina, materias amiláceas (por ejemplo, almidón o dextrina), goma laca, albúmina, látex sintético. Los productos se estucan con caolín, etc., para obtener una superficie glaseada, satinada o mate. Los productos estucados con caolín o recubiertos con otras materias inorgánicas son principalmente: el papel cuché para impresión (incluido el papel cuché para grabados y papel para cromos utilizado en litografía), el papel cuché para embalajes plegables, el papel metalizado (excepto las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12), el papel recubierto de polvo de mica, el papel barnizado o esmaltado (utilizado para la fabricación de etiquetas o para forrar cajas). Hay que subrayar que los aglutinantes tales como la cola, materias amiláceas, etc., que se utilizan para fijar la capa o recubrimiento sirven también de apresto de superficie para el papel y cartón, pero que, en los casos de papeles encolados en la superficie sin estucar, este apresto no lleva pigmento.

Salvo las excepciones mencionadas en el texto de la partida, el papel y cartón con una capa de alquitrán, betún, asfalto, plástico u otras materias orgánicas, tales como cera, estearina, tundiznos, polvo de tejido, aserrín de madera, corcho granulado, goma laca, barniz, presentado en rollos o en hojas, se clasifica en la partida 48.11. Para la aplicación de estos revestimientos puede ser innecesario el aglomerante. Se utilizan para obtener las características físicas necesarias para una amplia gama de aplicaciones, por ejemplo, el papel y cartón para envases estancos y papel y cartón antiadhesivos. Estos papeles y cartones estucados o recubiertos comprenden el papel engomado o adhesivo, el papel aterciopelado (recubierto de tundiznos y utilizado para adornar cajas o para la fabricación de papel para decorar), el papel corcho (utilizado para el embalaje), el papel grafitado y el papel alquitranado para envasar.

A estos diversos revestimientos o recubrimientos se incorporan también frecuentemente materias colorantes.

Un gran número de papeles y cartones estucados o recubiertos están además fuertemente glaseados por un calandrado especial o bien recubiertos de un barniz para proteger de la humedad el estucado o recubrimiento (por ejemplo, el papel para decorar lavable).

Se puede establecer una distinción entre el encolado en la superficie, el estucado o el recubrimiento mediante una combinación de diversos métodos de ensayo químicos o físicos. En la mayor parte de los casos, la distinción es fácil de establecer en función de la naturaleza o de la cantidad de la materia presente, o bien en función del conjunto de características del papel o cartón examinado. En general, en el caso de papeles encolados en la superficie, la apariencia y la textura de la superficie natural del papel se mantienen, mientras que en el caso de los papeles estucados o recubiertos, las irregularidades de esta superficie natural están, en amplia medida, suprimidas por el revestimiento.

Pueden surgir dificultades en casos marginales, principalmente por las razones siguientes: los papeles ligeramente estucados pueden obtenerse en la prensa de fijación. Determinadas sustancias presentes en el revestimiento existen también en el papel propiamente dicho (por ejemplo, las cargas) y las fibras pueden ser visibles en el caso del papel estucado o recubierto con materias sin pigmentar (por ejemplo, dispersión acuosa de poli (cloruro de vinilo)). Sin embargo, es posible determinar de qué tipo de papel se trata aplicando uno o varios de los métodos siguientes:

Con frecuencia, el papel cuché o estucado, tal como el papel cuché para grabados, no se distingue apenas, a primera vista, del papel simplemente glaseado. Sin embargo, la capa puede ponerse en evidencia raspando la superficie o separándola por inmersión en agua.

Uno de los métodos de ensayo que permite determinar si estamos en presencia de un papel estucado (principalmente con materias inorgánicas) consiste en pegar el papel en una cinta adhesiva. Al despegar la cinta, la mayor parte de la capa se adhiere a ella. Es preciso disolver entonces las fibras celulósicas y ciertos almidones que se han adherido a la cinta con cuproetilendiamina. La presencia o ausencia de capa se revela comparando el peso de la cinta adhesiva antes y después de estas operaciones. Este método puede a veces utilizarse para los papeles estucados con materias orgánicas.

Entre las demás técnicas que sirven para identificar el papel y el cartón estucado o recubierto, se pueden citar la microscopía electrónica de barrido, la difracción de rayos X y la espectrofotometría de infrarrojos. Estas técnicas de ensayo se aplican al papel y cartón de las partidas 48.10 y 48.11.

Papel y cartón coloreado o impreso

Estos papeles incluyen los revestidos con uno o varios colores aplicados por cualquier procedimiento, incluido el papel rayado, con motivos decorativos, dibujos, etc. Son, en particular; las indianas y el papel imitando el mármol o jaspeado en la superficie. Estos papeles se emplean para diversos usos, tales como el revestimiento de cajas o la encuadernación.

El papel puede estar impreso con tinta de cualquier color, con líneas dispuestas paralelamente o no, o bien cruzadas. Estos papeles se utilizan principalmente para hacer libros de contabilidad, cuadernos escolares, cuadernos de dibujo, papel o cuadernos para música, papel para diagramas, papel de cartas, cuadriculado, de libretas, etc.

Se clasifica en este Capítulo el papel impreso, tal como el papel de envolver utilizado en el comercio, con una razón social, una marca, un dibujo o instrucciones sobre el uso de la mercancía, etc., de carácter accesorio, que no modifique su utilización principal o permita considerarlo como perteneciente al Capítulo 49 (véase la Nota 12 de este Capítulo).

Papel y cartón impregnado

Esta categoría está constituida por los papeles y cartones en los que ha penetrado a fondo, por ejemplo, aceite, cera, parafina o plástico, para conferirle propiedades específicas, tales como, impermeabilidad, transparencia, etc. El papel y cartón impregnado se utiliza ampliamente para el envasado o el aislamiento eléctrico.

Entre los papeles y cartones impregnados, se pueden citar: el papel de envasar aceitado; el papel para copiar aceitado o encerado; el papel para clisés o esténciles; el papel y cartón aislante impregnado de plástico, por ejemplo; el papel cauchutado; el papel y cartón simplemente impregnado de alquitrán o de betún.

Determinados papeles, tales como el papel soporte para papel de decorar, pueden estar impregnados con insecticidas o productos químicos.


Este Capítulo también comprende la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa que consisten en un número variable de capas muy finas de fibras celulósicas ligeramente afieltradas, superpuestas y laminadas en húmedo de tal modo que tienden a separarse por zonas durante el secado.

CAMPO DE APLICACIÓN DEL CAPÍTULO

Este Capítulo comprende:

I) El papel y cartón, la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, de cualquier clase, en bobinas (rollos) o en hojas, repartidos así:

A) Las partidas 48.01, 48.02, 48.04 y 48.05 comprenden el papel sin estucar ni recubrir fabricado mecánicamente, que puede estar encolado o haberse sometido a operaciones elementales de acabado (por ejemplo, alisado, satinado o glaseado). La partida 48.02 comprende igualmente el papel hecho a mano sin estucar ni recubrir, que puede haberse sometido a las mismas operaciones. La partida 48.03 se refiere al papel sin estucar ni recubrir para usos domésticos, de higiene o de tocador, a la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, que pueden haberse sometido a las operaciones citadas en la partida. La Nota 3 del Capítulo estipula las operaciones autorizadas a que pueden someterse el papel, cartón, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa de las partidas 48.01 a 48.05.

Los tratamientos autorizados en las partidas 48.01 a 48.05 tienen como característica la de ser operaciones que forman parte de la serie normal en la fabricación del papel. La característica del papel de estas partidas es que conserva el aspecto y la textura de la superficie natural. En el caso del papel estucado, las irregularidades de la superficie natural del papel se han eliminado en gran medida por la sustancia de recubrimiento, que confiere una nueva superficie no celulósica de aspecto más atractivo.

B) Las partidas 48.06 a 48.11, por el contrario, se refieren a determinados papeles o cartones de fabricación especial (por ejemplo, sulfurizados, cristal y similares) o al papel, cartón, guata de celulosa y napas de fibras de celulosa que se han sometido a tratamientos o trabajos más avanzados (por ejemplo, apergaminado, encolado, ondulado, rizado, gofrado, perforado, rayado, estucado, recubierto, impregnado o coloreado). La partida 48.11 también comprende ciertos recubrimientos de piso a base de papel o cartón.


Cuando el papel o cartón puedan clasificarse a la vez en dos o más partidas de las mencionadas anteriormente se clasificará en la última partida por orden de numeración en la Nomenclatura (Nota 7 de este Capítulo), salvo que el texto de una partida disponga lo contrario.

Conviene también observar que las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09 se refieren exclusivamente al papel, cartón, guata de celulosa y napas de fibra de celulosa, presentados:

  1. en tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
  2. en hojas cuadradas o rectangulares con un lado superior a 36 cm y el otro superior a 15 cm, sin plegar.

Por el contrario, las partidas 48.02, 48.10 y 48.11 comprenden el papel y el cartón, en bobinas (rollos) o en hojas cuadradas o rectangulares, de cualquier otro tamaño. Sin embargo, el papel y cartón hecho a mano (hoja a hoja) de cualquier dimensión y con la forma en que se ha obtenido, es decir, en el que todos los bordes presentan las barbas de su obtención, siguen clasificados en la partida 48.02, salvo lo dispuesto en la Nota 7 del Capítulo.

II) Los bloques y placas filtrantes de pasta de papel (partida 48.12), el papel para cigarrillos, incluso cortado al tamaño adecuado o en librillos o tubos (partida 48.13), el papel para decorar y revestimientos similares de paredes (definidos en la Nota 9 de este Capítulo),y el papel para vidrieras (partida 48.14).

III) El papel, cartón, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa (excepto las mencionadas en las partidas 48.02, 48.10 o 48.11, o en el apartado II anterior) en rollos o en hojas, cortados en dimensiones inferiores a las mencionadas en apartado I anterior o con formas distintas de la cuadrada o rectangular y los artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napas de fibras de celulosa. Estos productos se clasifican en las partidas 48.16 a 48.23.

En las partidas 48.12, 48.18, 48.22 y 48.23 y en las Notas explicativas correspondientes, los términos pasta de papel comprenden el conjunto de productos que se clasifican en las partidas 47.01 a 47.06, es decir, la pasta de madera o de otras materias fibrosas celulósicas.

Sin embargo, este Capítulo no comprende los artículos excluidos por las Notas 2 y 12 de este Capítulo.

Notas Complementarias Nacionales México

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
  1. En este Capítulo, la expresión papel y cartón estucados se aplica por igual a los papeles y cartones que han sido recubiertos, en una o ambas caras, con sustancias orgánicas o inorgánicas.

Notas Complementarias Estados Unidos

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
  1. A efectos de este capítulo, las disposiciones relativas a la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa se aplican únicamente a los productos obtenidos a partir de la pasta del capítulo 47.
  2. Las muestras utilizadas para determinar el peso del papel o cartón clasificable en este capítulo según su peso se acondicionarán en una atmósfera con una humedad relativa del 50% (± 2%) y a una temperatura de 23 °C (± 2 °C).

Notas Estadísticas

1. El término "papel prensa estándar" abarca los papeles de impresión de la partida 48.01 que se ajusten a las siguientes especificaciones:

  • Gramaje: No inferior a 46,32 ni superior a 57 g/m2.
  • Tamaño: Rollos de 33 cm de ancho y 71 cm de diámetro; hojas de 51 cm por 76 cm.
  • Grosor: No superior a 0,11 mm.
  • Encolado: El tiempo de trasudación del agua no debe ser superior a 10 segundos mediante el método del vidrio esmerilado.
  • Contenido de cenizas: No más del 6,5%.
  • Color y acabado: Blanco; o tonos teñidos de rosa, melocotón o verde en rollos; no más del 50% de brillo según la prueba con el glarímetro Ingersoll.

2. A efectos del número de informe estadístico 4823.90.8620, las fundas para calzado (botines) deben contener al menos el 50% de su peso en celulosa/papel. Esta disposición no incluye las fundas desechables para calzado (botines) de fibras textiles no tejidas clasificadas en la partida 63.07.

Notas Complementarias Centroamericanas

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
  1. En los incisos arancelarios 4804.31.10.00 y 4804.39.10.00, se entiende por papel para cerillos el papel Kraft 100 % sin satinar, sin poros y sin grumos de pasta, de peso superior o igual a 50 g/m2, pero inferior o igual a 60 g/m2, rasgado en dirección paralela superior a 35 g/m2 y en dirección transversal a la fibra, superior a 60 g/m2, con alargamiento a la tracción longitudinal mínima del 2 %.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Consideraciones Generales

Se clasifican en las respectivas subpartidas de las partidas 48.01 a 48.11 las bobinas de papel cuyas capas exteriores estén parcialmente empapadas de agua o dañadas de otro modo.

Copied to clipboard
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Updated on 11 December, 2025
Spanish
  • Partida 48.01
  • Partida 48.02
  • Partida 48.03
  • Partida 48.04
  • Partida 48.05
  • Partida 48.06
  • Partida 48.07
  • Partida 48.08
  • Partida 48.09
  • Partida 48.10
  • Partida 48.11
  • Partida 48.12
  • Partida 48.13
  • Partida 48.14
  • Partida 48.15
  • Partida 48.16
  • Partida 48.17
  • Partida 48.18
  • Partida 48.19
  • Partida 48.20
  • Partida 48.21
  • Partida 48.22
  • Partida 48.23
Book traversal links for Capítulo 48
  • Partida 47.07
  • Up
  • Partida 48.01

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
    • Capítulo 47
    • Capítulo 48
      • Partida 48.01
      • Partida 48.02
      • Partida 48.03
      • Partida 48.04
      • Partida 48.05
      • Partida 48.06
      • Partida 48.07
      • Partida 48.08
      • Partida 48.09
      • Partida 48.10
      • Partida 48.11
      • Partida 48.12
      • Partida 48.13
      • Partida 48.14
      • Partida 48.15
      • Partida 48.16
      • Partida 48.17
      • Partida 48.18
      • Partida 48.19
      • Partida 48.20
      • Partida 48.21
      • Partida 48.22
      • Partida 48.23
    • Capítulo 49
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Section XVI
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Recent content

  • Mexico Customs Duty & Import Tax Calculator
    24 February, 2026
  • Interpretative Rules of the Harmonized System
    24 February, 2026
  • Harmonized System Explanatory Notes
    23 February, 2026
  • Section XVI
    16 December, 2025
  • Harmonized System Correlation Tables
    26 August, 2024
  • Incoterms Rules
    26 August, 2024
0
E-Aduana© 2021 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise