Skip to main content
Home
User account menu
  • Log in

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Breadcrumb

  1. Home
  2. Harmonized System Explanatory Notes
  3. Sección XIV
  4. Capítulo 71
  5. Subcapítulo III

Partida 71.14

Nota Explicativa by E-Aduana, 20 July, 2024
3 minutes
33 Views
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

71.14 Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

Índice de contenidos
anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse
CódigoDesignación de la MercancíaU.F
 III. JOYERÍA Y DEMÁS MANUFACTURAS 
71.14Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué). 
 - De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué): 
7114.11- - De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué): 
7114.11.10- - - De ley 0,925kg
7114.11.90- - - Los demáskg
7114.19.00- - De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué)kg
7114.20.00- De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal comúnkg

Fracciones Arancelarias

Exclusivo para usuarios premium

Fracciones arancelarias de productos en la Partida 71.14

Impresión del contenido

Suscribirse a premium

Nota Explicativa

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Esta partida comprende un conjunto de artículos, total o parcialmente de metales preciosos o de chapados de metal precioso (véase la Nota 10 de este Capítulo), habitualmente ejecutados por orfebres, de dimensiones generalmente más considerables que las joyas de la partida 71.13 y que consisten en:

  1. Objetos para el servicio de mesa, tales como: cuchillos de mesa, servicios para trinchar, cucharas, tenedores, cucharones, trinchantes, bandejas para servir, fuentes y platos, soperas, ensaladeras, legumbreras, salseras, rabaneras, azucareros, cafeteras, teteras, escudillas, tazas, cubiletes, hueveras, garrafas, servicios para beber, copas, paneras y cestas para el pan, repostería o frutas, etc.; para pescado, para pastelería, cubos para hielo, vinagreras, pinzas para azúcar, posacuchillos, campanillas de mesa, servilleteros, tapones ornamentales.
  2. Objetos para el tocador, tales como: espejos manuales, frascos y polveras (excepto las de la partida 71.13), cepillos (de ropa, para el cabello, de uñas, etc.); los peines, aguamaniles, jarrones para agua, etc. Los vaporizadores se clasifican en la partida 96.16.
  3. Artículos de oficina: tinteros, escribanías, sujetalibros, prensapapeles, abrecartas, cortapapeles, etc.
  4. Servicios de fumador, tales como: estuches para cigarros o cigarrillos, botes para tabaco, ceniceros, portacerillas, cortapuros, con excepción de los artículos de las partidas 96.13 o 96.14.
  5. Artículos de adorno interior, excepto los anteriores, tales como: bustos, estatuillas, figuras diversas (animales, figuras alegóricas, etc.), estuches de joyas, centros de mesa, jarrones, maceteros, marcos, lámparas, candelabros, palmatorias, candeleros, guarniciones de chimenea, fuentes y platos decorativos, medallas y medallones (excepto los de adorno personal), trofeos o pebeteros.
  6. Artículos para el culto, tales como: relicarios, cálices, copones, custodias, cruces, candelabros o lámparas.

Esta partida comprende igualmente los esbozos y artículos incompletos, así como las partes reconocibles como tales de artículos de orfebrería, como mangos de cuchillos o los mangos y monturas de cepillos de tocador.

Lo mismo que los artículos de joyería y con las mismas reservas en relación con las simples guarniciones o accesorios de mínima importancia, los artículos de orfebrería de esta partida, para clasificarse aquí, deben estar compuestos total o parcialmente de metales preciosos o de chapados de metal precioso; pueden también llevar perlas (naturales, cultivadas o falsas), piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), piedras falsas, carey, nácar, marfil, ámbar natural o reconstituido, azabache o coral.

No pertenecen a esta partida:

  1. Los paraguas, bastones y demás artículos de la partida 66.01 o 66.02, con guarniciones de materias de este Capítulo, así como las partes, guarniciones y accesorios de estos artículos, total o parcialmente de estas materias (partida 66.03).
  2. Los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo, gemelos y anteojos).
  3. Los artículos de relojería del Capítulo 91 (relojes, despertadores, etc., y sus cajas y gabinetes).
  4. Los instrumentos de música (Capítulo 92).
  5. Las armas y sus partes del Capítulo 93 (armas blancas, pistolas, revólveres, etc.).
  6. Los vaporizadores de tocador, así como sus monturas y cabezas de monturas (partida 96.16).
  7. Las producciones originales de estatuaria o escultura (partida 97.03), los objetos de colección de la partida 97.05 y las antigüedades de la partida 97.06.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Véanse las notas 2 A) y 10 de este capítulo.

Copied to clipboard
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Updated on 28 June, 2025
Spanish
Book traversal links for Partida 71.14
  • Partida 71.13
  • Up
  • Partida 71.15

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
    • Capítulo 71
      • Subcapítulo I
      • Subcapítulo II
      • Subcapítulo III
        • Partida 71.13
        • Partida 71.14
        • Partida 71.15
        • Partida 71.16
        • Partida 71.17
        • Partida 71.18
  • Sección XV
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Section XVI
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Recent content

  • Mexico Customs Duty & Import Tax Calculator
    24 February, 2026
  • Interpretative Rules of the Harmonized System
    24 February, 2026
  • Harmonized System Explanatory Notes
    23 February, 2026
  • Section XVI
    16 December, 2025
  • Harmonized System Correlation Tables
    26 August, 2024
  • Incoterms Rules
    26 August, 2024
0
E-Aduana© 2021 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise