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Partida 85.13

Nota Explicativa por E-Aduana, 22 Julio, 2024
3 minutos
106 Vistas
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

85.13 Lámparas eléctricas portátiles diseñadas para funcionar con su propia fuente de energía (por ejemplo: de pilas, acumuladores, electromagnéticas), excepto los aparatos de alumbrado de la partida 85.12

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
85.13Lámparas eléctricas portátiles diseñadas para funcionar con su propia fuente de energía (por ejemplo: de pilas, acumuladores, electromagnéticas), excepto los aparatos de alumbrado de la partida 85.12. 
8513.10- Lámparas: 
8513.10.10- - De seguridadu
8513.10.90- - Las demásu
8513.90.00- Partesu

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Código Denominación comercial
8513.10.01.00 Lámpara de seguridad para mineros portátil inalámbrica

Nota Explicativa

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Esta partida se refiere a las lámparas eléctricas portátiles que funcionan con una fuente de energía autónoma, tal como una pila, acumulador o dispositivo electromagnético.

Generalmente, los dos elementos, es decir, la lámpara propiamente dicha y la fuente de energía, están montadas en conexión directa, lo más frecuentemente en una misma envolvente. Sin embargo, ciertos tipos están separados y unidos uno a otro por cables conductores.

Sólo constituyen lámparas portátiles, las lámparas (dispositivo de alumbrado y fuente de energía) que estén diseñadas para utilizarlas en la mano o sobre la persona. Están provistas generalmente de una empuñadura o de un dispositivo de sujeción y son identificables gracias a la forma especial y a su poco peso. No responden a esta definición, por ejemplo, los aparatos para el alumbrado de automóviles o de ciclos (partida 85.12), ni los aparatos de alumbrado que se conectan a una instalación fija (partida 94.05).

Entre las lámparas comprendidas aquí, se pueden citar:

  1. Las lámparas de bolsillo, llamadas algunas lámparas-dinamo, que se alimentan por medio de un dispositivo magnetoeléctrico accionado a mano mediante una palanca con muelle.
  2. Las demás lámparas manuales, tales como las lámparas llamadas antorchas o proyectores, de las que algunas son de haz regulable. Con mucha frecuencia, estas lámparas llevan un dispositivo sencillo para colgarlas temporalmente en una pared. A veces, también están diseñadas para colocarlas, por ejemplo, en el suelo.
  3. Las lámparas, proyectores o linternas con forma de bolígrafos, a menudo llevan un sistema de fijación (“clip”) que permite llevarlos en el bolsillo cuando no se usan.
  4. Las lámparas portátiles equipadas para emitir señales luminosas.
  5. Las lámparas de seguridad para mineros, cuyo dispositivo de alumbrado se adapta al casco, mientras que la fuente de energía (acumulador) se cuelga generalmente de la cintura.
  6. Salvo que se trate de lámparas que funcionan por medio de su propia fuente de energía (por ejemplo, con una pila colocada en el bolsillo del usuario) las lámparas frontales con dispositivo para sujetar en la cabeza, de un tipo de uso general, utilizadas por los joyeros, relojeros, médicos, etc., con exclusión de las lámparas especialmente diseñadas, por ejemplo, para el diagnóstico de las afecciones de garganta, oídos, etc. (partida 90.18).
  7. Las lámparas portátiles, llamadas de fantasía con forma de cigarros, pistolas, pintalabios, etc., y, siempre que la función principal sea el alumbrado, los artículos que consistan en la combinación o asociación de una lámpara y una estilográfica, de una lámpara y un llavero, de una lámpara y un destornillador, etc.
  8. Las lámparas de lectura provistas de un sistema que permite sujetarlas al libro o a la revista.

PARTES

Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), están igualmente comprendidas aquí las partes de las lámparas de la presente partida.


Se excluyen de esta partida:

  1. Las lámparas para la producción de destellos en fotografía (partida 90.06).
  2. Los punteros láser que llevan un diodo láser (partida 90.13).
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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 28 Junio, 2025
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