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  4. Capítulo 87

Partida 87.11

Nota Explicativa por E-Aduana, 22 Julio, 2024
2 minutos
524 Vistas
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

87.11 Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
87.11Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares. 
8711.10.00- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 50 cm3u
8711.20.00- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm3u
8711.30.00- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 500 cm3u
8711.40.00- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 500 cm3 pero inferior o igual a 800 cm3u
8711.50.00- Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 800 cm3u
8711.60.00- Propulsados con motor eléctricou
8711.90.00- Los demásu

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Nota Explicativa

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Esta partida comprende un conjunto de vehículos con motor, de dos ruedas, destinado esencialmente para transporte de personas.

Además de las motocicletas de tipo clásico, esta partida comprende los scooters, caracterizados por ruedas de pequeña dimensión y por una plataforma horizontal que une la parte delantera y la trasera del vehículo, los ciclomotores (motociclos de pequeña potencia llamados a veces velomotores) y los ciclos equipados con un motor auxiliar.

Los motociclos pueden carrozarse para proteger al conductor contra la intemperie o equiparlos con sidecar.

Están también clasificados aquí los vehículos de tres ruedas (por ejemplo, del tipo motocarro), a condición de que no tengan las características de un vehículo automóvil de la partida 87.03 (véase la Nota explicativa de la partida 87.03).

Esta partida comprende, por otra parte, los sidecares de todos los tipos para motocicletas o ciclos, diseñados para el transporte de personas o de mercancías, que no pueden utilizarse separadamente. Están equipados con una sola rueda en un costado, mientras que en el otro llevan dispositivos que permiten fijarlos al motociclo o al ciclo en posición lateral.

En cambio, se excluyen:

  1. Los vehículos de cuatro ruedas para el transporte de personas, de chasis tubular, provistos de un sistema de dirección de tipo automóvil, por ejemplo, basado en el principio de Ackerman (partida 87.03).
  2. Los remolques para acoplar a una motocicleta o a una bicicleta (partida. 87.16).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartida Arancelaria 8711.60.10

Bicicletas, triciclos y cuatriciclos, con pedaleo asistido, con un motor eléctrico auxiliar de potencia nominal continua no superior a 250 vatios

Se clasifican en esta subpartida los ciclos eléctricos con pedales que ofrecen diferentes «modos de conducción» que pueden seleccionarse: a) pedaleo asistido con motor eléctrico auxiliar, b) pedaleo completo (sin ayuda del motor eléctrico), c) modo de motor eléctrico exclusivamente. El modo puede seleccionarse, por ejemplo, mediante un mando instalado en el manillar de la bicicleta o a través de una aplicación para teléfonos móviles.

Subpartida Arancelaria 8711.60.90

Otros

La nota explicativa de la subpartida 8711.60.10 se aplica mutatis mutandis a los ciclos con pedaleo asistido provistos de un motor eléctrico auxiliar.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 18 Diciembre, 2025
Español
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