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  2. Harmonized System Explanatory Notes
  3. Sección XI

Capítulo 61

Nota Explicativa by E-Aduana, 15 July, 2024
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Internacional
Capítulos
Notas Explicativas

61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto

Índice de contenidos

Nota Explicativa

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1. Este Capítulo solo comprende artículos de punto confeccionados.

2. Este Capítulo no comprende:

  1. los artículos de la partida 62.12;
  2. los artículos de prendería de la partida 63.09;
  3. los artículos de ortopedia, tales como bragueros para hernias, fajas medicoquirúrgicas (partida 90.21).

3. En las partidas 61.03 y 61.04:

a) se entiende por trajes (ambos o ternos) y trajes sastre los surtidos formados por dos o tres prendas de vestir confeccionadas en su superficie exterior con la misma tela y compuestos por:

  • una sola chaqueta (saco) que cubra la parte superior del cuerpo, cuyo exterior, excepto las mangas, esté constituido por cuatro o más piezas, eventualmente acompañada de un solo chaleco sastre en el que su parte delantera esté confeccionada con la misma tela que la superficie exterior de los demás componentes del surtido y cuya espalda sea de la misma tela que el forro de la chaqueta (saco); y
  • una sola prenda que cubra la parte inferior del cuerpo y que consista en un pantalón largo, un pantalón corto (calzón), un short (excepto de baño), una falda o una falda pantalón, sin tirantes (tiradores) ni peto.

Todos los componentes del traje (ambo o terno) o del traje sastre deberán confeccionarse con una tela de la misma estructura, color y composición; además, deberán ser del mismo estilo y de tallas correspondientes o compatibles. Sin embargo, estos componentes pueden presentar un vivo (tira de tela cosida a las costuras) de una tela diferente.

Si se presentan simultáneamente varias prendas de la parte inferior, por ejemplo: un pantalón largo y un short o dos pantalones largos, o una falda o falda pantalón y un pantalón, se dará prioridad al pantalón largo o a uno de ellos como parte inferior constitutiva del traje (ambo o terno), y a la falda o falda pantalón en el caso del traje sastre, clasificándose separadamente las demás prendas.

Aunque no cumplan todas las condiciones antes citadas, la expresión trajes (ambos o ternos) también comprende los trajes de etiqueta o de noche siguientes:

  • el chaqué, en el que la chaqueta (saco), lisa, presenta faldones redondeados que descienden muy bajo hacia atrás, con un pantalón de rayas verticales;
  • el frac, hecho generalmente de tela negra, con una chaqueta (saco) relativamente corta por delante, que se mantiene abierta, con los faldones estrechos, escotados en las caderas y colgantes por detrás;
  • el esmoquin, en el que la chaqueta (saco), aunque quizás permita mayor visibilidad de la pechera, es de corte similar al de la chaqueta (saco) común y presenta la particularidad de llevar solapas brillantes de seda o de imitación de seda.

b) se entiende por conjunto un surtido de prendas de vestir (excepto los artículos de las partidas 61.07, 61.08 o 61.09) que comprenda varias prendas confeccionadas con una misma tela, acondicionado para la venta al por menor y compuesto por:

  • una sola prenda que cubra la parte superior del cuerpo, excepto el "pullover" que puede constituir una segunda prenda exterior solamente en el caso de los "twinset" o un chaleco que puede constituir una segunda prenda en los demás casos; y
  • una o dos prendas diferentes que cubran la parte inferior del cuerpo y que consistan en un pantalón largo, un pantalón con peto, un pantalón corto (calzón), un "short" (excepto de baño), una falda o una falda pantalón.

Todos los componentes del conjunto deben tener la misma estructura, estilo, color y composición; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles. El término conjunto no comprende los conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte ni los monos (overoles) y conjuntos de esquí, de la partida 61.12.

4. Las partidas 61.05 y 61.06 no comprenden las prendas de vestir con bolsillos por debajo de la cintura o con acanalado elástico u otro medio para ceñir el bajo de la prenda, ni las prendas que tengan una media inferior a 10 puntos por centímetro lineal en cada dirección, contados en una superficie mínima de 10 cm x 10 cm. La partida 61.05 no comprende las prendas sin mangas.

Las camisas y blusas camiseras son prendas destinadas a cubrir la parte superior del cuerpo y llevan mangas, largas o cortas, así como una abertura, incluso parcial, a partir del escote. Las blusas son prendas holgadas también destinadas a cubrir la parte superior del cuerpo. Pueden carecer de mangas y tener o no una abertura en el escote. Las camisas, blusas y blusas camiseras también pueden tener un cuello.

5. La partida 61.09 no comprende las prendas de vestir con acanalado elástico, cordón corredizo u otro medio para ceñir el bajo.

6. En la partida 61.11:

  1. la expresión prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés se refiere a los artículos para niños de corta edad con estatura no superior a 86 cm;
  2. los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 61.11 y en otras partidas de este Capítulo se clasifican en la partida 61.11.

7. En la partida 61.12, se entiende por monos (overoles) y conjuntos de esquí, las prendas de vestir o surtidos de prendas de vestir que, por su aspecto general y su textura, sean identificables como destinados principalmente para uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo). Se componen de:

a) un mono (overol) de esquí, es decir, una prenda de una sola pieza que cubre la parte superior y la inferior del cuerpo; además de mangas y cuello, este artículo puede llevar bolsillos y trabillas; o

b) un conjunto de esquí, es decir, un surtido de prendas de vestir que comprenda dos o tres prendas, acondicionado para la venta al por menor y compuesto por:

  • una sola prenda del tipo anorak, cazadora o artículo similar, con cierre de cremallera (cierre relámpago), eventualmente acompañada de un chaleco; y
  • un solo pantalón, aunque suba por encima de la cintura, un solo pantalón corto (calzón) o un solo pantalón con peto.

El conjunto de esquí puede también estar compuesto por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado anteriormente y por una especie de chaqueta (saco) acolchada sin mangas que se viste sobre el mono (overol).

Todos los componentes del conjunto de esquí deben estar confeccionados con una tela de la misma textura, estilo y composición, del mismo color o de colores distintos; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles.

8. Las prendas de vestir susceptibles de clasificarse en la partida 61.13 y en otras partidas de este Capítulo, excepto en la partida 61.11, se clasifican en la partida 61.13.

9. Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se considerarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique manifiestamente que ha sido diseñada para uno u otro sexo. Las prendas que no sean identificables como prendas para hombres o niños, o como prendas para mujeres o niñas, se clasifican con estas últimas.

10. Los artículos de este Capítulo pueden confeccionarse con hilos de metal.

Notas de Subpartidas

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Clasificación de los artículos hechos partiendo de productos textiles acolchados en pieza de la partida 58.11.

Los artículos hechos partiendo de productos textiles acolchados en pieza de la partida 58.11 se clasifican en las subpartidas de este Capítulo de acuerdo con las disposiciones de la Nota 2 de subpartida de la Sección XI. Para la clasificación, la materia textil determinante es la de la cara exterior. Así, por ejemplo, un anorak acolchado para hombres en el que la materia textil exterior esté compuesta por 60% de algodón y 40% de poliéster debe clasificarse en la subpartida 6101.20. Hay que advertir además, que, incluso si esta materia textil considerada separadamente se clasifica en las partidas 59.03, 59.06 o 59.07, la prenda de vestir no se clasifica en la partida 61.13.

Consideraciones Generales

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Salvo que se trate de artículos de punto confeccionados, este Capítulo comprende las prendas y complementos, de vestir, es decir, los artículos para el vestido de hombres o niños, mujeres o niñas, así como los complementos que sirven para adornar o completar dichos artículos. Se clasifican también en este Capítulo las partes de punto de prendas o complementos, de vestir. Sin embargo, no comprende los sostenes, fajas, corsés, tirantes, ligas, ligueros y artículos similares y sus partes, de punto (partida 62.12).

Los artículos de este Capítulo pueden tener partes o accesorios, por ejemplo, de tejido, plástico, cuero, peletería, metal, plumas. Sin embargo, cuando estas partes excedan de la función de simples adornos, las prendas y complementos de vestir se clasifican de acuerdo con las Notas de los Capítulos (véanse, en especial, la Nota 4 del Capítulo 43 y la Nota 2 b) del Capítulo 67 en lo que se refiere, respectivamente, a la presencia de peletería y de partes de plumas) o, en su defecto, de acuerdo con las Reglas Generales.

Los artículos calentados eléctricamente quedan comprendidos en este Capítulo.

Para la aplicación de las disposiciones de la Nota 9 de este Capítulo, las prendas de vestir que tengan una abertura por delante cuyos dos lados se cierren o se superpongan el izquierdo sobre el derecho se considerarán como prendas para hombres o niños. Cuando dicha abertura se cierre o se superponga el lado derecho sobre el izquierdo, se considerarán prendas para mujeres o niñas.

Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda de vestir manifiestamente indique que ha sido diseñada para uno u otro sexo. Las prendas de vestir que no sean identificables como prendas de hombres o niños o de mujeres o niñas se clasificarán con estas últimas.

Las camisas y las blusas camiseras son prendas que cubren la parte superior del cuerpo y llevan mangas, largas o cortas, así como una abertura, incluso parcial, que se inicia en el escote. Estas prendas de vestir pueden tener también cuello y bolsillos, pero solamente por encima de la cintura.

Para la aplicación de las disposiciones de la Nota 14 de la Sección XI, las prendas de vestir que pertenezcan a partidas diferentes se clasifican en sus respectivas partidas, aunque se presenten en surtidos para la venta al por menor. Sin embargo, esto no se aplica a las prendas de vestir que se presenten en surtidos citadas específicamente en los textos de las partidas (por ejemplo, trajes y trajes sastre, pijamas, trajes de baño). Conviene destacar que, para la aplicación de la Nota 14 de la Sección XI, la expresión “prendas de vestir de materias textiles” se refiere a las prendas de vestir de las partidas 61.01 a 61.14.

Este Capítulo comprende también los artículos sin terminar o incompletos de los tipos aquí descritos, incluso los tejidos obtenidos con forma para la fabricación de tales artículos. También es el caso de los tejidos de punto obtenidos con forma para la fabricación de artículos o de partes de artículos de la partida 62.12. Estos tejidos se clasifican en las mismas partidas que los artículos acabados siempre que presenten sus características esenciales. Sin embargo, las partes de prendas o de complementos de vestir, de punto (excepto las de la partida 62.12) se clasifican en la partida 61.17.

Las prendas y complementos, de vestir y las partes de los mismos, de punto, incluso obtenidas con forma, presentados en unidades o en piezas que comprendan varias unidades, se consideran artículos confeccionados de acuerdo con las Notas 7 b) y 7 f) de la Sección XI.

También se excluyen de este Capítulo:

  1. Las prendas y complementos de vestir, de plástico (partida 39.26), de caucho (partida 40.15), de cuero (partida 42.03) o de amianto (partida 68.12).
  2. Las piezas de tejido de punto que presenten ciertos trabajos de confección, como dobladillos o escotes, destinadas a la fabricación de prendas de vestir, pero insuficientemente completas como para ser identificables como prendas o partes de prendas de vestir (partida 63.07).
  3. Los artículos de prendería de la partida 63.09.
  4. Las prendas de vestir para muñecas (partida 95.03).

Notas Complementarias Nacionales Perú

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  1. Para diferenciar las camisas de punto para hombres o niños, de algodón, de la partida 61.05, se debe tener en cuenta las siguientes características:
 NiñosHombres
Contorno de pechoSuperior o igual a 55 cmSuperior o igual a 80 cm
Tallas3, 4, 5, 6, 8, 10, 12, 16XS, S, M, L, XL, XXL

Las características antes indicadas, son de aplicación a los «T-shirts» de algodón de la partida 61.09

Notas Complementarias Nacionales México

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  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 5 del Capítulo 61 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la partida 61.09 también comprende a las camisetas sin mangas, sin cuello, de punto de algodón sin perchar o de fibras sintéticas o artificiales, distintas del terciopelo, la felpa o los tejidos con bucles de punto, incluso de varios colores, que pueden tener motivos de tipo deportivo, decorativo o publicitario, con excepción de los encajes.
  2. En las partidas 61.03 y 61.04, el sinónimo "calzones" utilizado en la expresión "pantalones cortos (calzones)", se refiere a las prendas exteriores que, como los pantalones, envuelven por separado cada pierna, pero no cubren las rodillas. Los "calzones" comprendidos en dichas partidas no deben confundirse con las prendas interiores, de punto, conocidas en algunos países también con el nombre de "calzones" o "calzoncillos", que se clasifican en las partidas 61.07 o 61.08, según los casos.
  3. En la partida 61.06, el término "blusa" comprende también a las prendas que no tengan mangas o que su altura esté por encima de la cintura.
  4. Para los efectos de la subpartida 6110.12, la expresión "De cabra de Cachemira" debe entenderse como "De cabra de Cachemira ("cashmere")".
  5. Para efecto de las subpartidas 6112.41 y 6112.49 el término bañador (traje de baño) comprende las prendas femeninas constituidas por una sola pieza que cubran el dorso hasta por debajo de las ingles y los de dos piezas compuestos por una braga y un sostén. Los bañadores de dos piezas se clasifican en estas subpartidas aun cuando se presenten por separado para la venta al por menor.

Notas Complementarias Estados Unidos

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  1. A efectos de la partida 61.11, el término "conjuntos" se refiere a dos o más prendas de vestir diferentes de las partidas 61.11, 62.09 o 65.05, importadas juntas, de tallas correspondientes y destinadas a ser usadas juntas por la misma persona.

Notas Estadísticas

  1. Las mercancías ingresadas juntas y clasificadas a efectos aduaneros como un conjunto, bajo las subpartidas 6103.21.00, 6103.22.00, 6103.23.00, 6103.29.10, 6104.21.00, 6104.22.00, 6104.23.00 o 6104.29.10, o como un conjunto deportivo bajo las subpartidas 6112.11.00 o 6112.12.00, se reportarán estadísticamente como artículos separados bajo el número de reporte de 10 dígitos más apropiado dentro de la misma subpartida arancelaria de 8 dígitos que corresponda al conjunto o conjunto deportivo, de calentamiento o para correr.
  2. A los efectos de las partidas 61.03, 61.04 y 61.12, las disposiciones estadísticas para camisas se refieren a las prendas comprendidas en las partidas 61.05, 61.06 y 61.10, excepto los suéteres, pulóveres, chalecos o cárdigans a que se refiere la nota estadística 3 siguiente.
  3. Para efectos de este capítulo, las disposiciones estadísticas para suéteres incluyen las prendas, conocidas o no como pulóveres, chalecos o cárdigans, cuyas superficies exteriores están confeccionadas esencialmente con 9 o menos puntadas por cada 2 centímetros, medidas en la dirección en que se formaron las puntadas, y las prendas conocidas como suéteres, cuyas puntadas en la superficie exterior, debido a su confección, no pueden contabilizarse en la dirección en que se formaron.
  4. Ciertas prendas del capítulo 61, ensambladas en el extranjero a partir de componentes formados y cortados en Estados Unidos, que, tras su ensamblaje, han sido sometidas a blanqueo, teñido en prenda o prensado permanente en el extranjero, pueden ser elegibles para ingresar al amparo de un Régimen de Acceso Especial. La elegibilidad debe establecerse mediante un acuerdo bilateral y la entrada debe cumplir con los procedimientos establecidos por el Comité para la Implementación de los Acuerdos Textiles. El importador debe identificar dichas prendas en los formularios de resumen de entrada o de retiro colocando el símbolo "H" como prefijo del número arancelario correspondiente de 10 dígitos del capítulo 61.
  5. Ciertas prendas del capítulo 61, fabricadas (cortadas y ensambladas) con telas confeccionadas en Estados Unidos, pueden ser elegibles para ingresar al Programa de Perfeccionamiento Pasivo para textiles y prendas de vestir. La elegibilidad debe cumplir con los procedimientos establecidos por el Comité para la Implementación de Acuerdos Textiles (CITA). El importador debe identificar dichas prendas en el resumen de entrada o en los formularios de retiro colocando el símbolo "S" como prefijo a la fracción arancelaria de 10 dígitos del capítulo 61 correspondiente.
  6. Para efectos de la información estadística de la partida 61.10, el término "tejido a forma" se refiere a las prendas tejidas a forma en máquinas de tejer planas, con un número de puntadas superior a 9 puntadas por 2 centímetros, pero inferior o igual a 18 puntadas por 2 centímetros, medido en la superficie exterior de la tela, en la dirección en la que se forman las puntadas. A efectos de esta nota estadística, en los casos en que se suelen contar tanto los puntos del derecho como del revés, se descartarán los puntos del revés y solo se contabilizarán los puntos del derecho en la superficie exterior de la tela. Todos los componentes de la prenda, como cuellos, tapetas, puños, cinturillas y bolsillos, se tejen a la medida. Todos los componentes se ensamblan mediante lazada y unión, incluidas las costuras laterales.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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1. Para la aplicación de la Nota 3 b) de este Capítulo, los componentes de un conjunto deben estar confeccionados enteramente con un tejido único, excepto de punto, sin perjuicio de las demás disposiciones de dicha Nota.

A este fin:

  • el tejido utilizado puede ser, según los casos, crudo, blanqueado, teñido, de hilos de diversos colores o estampado,
  • continúa considerándose como componente de un conjunto el pulóver o el chaleco que presente elásticos que no se encuentran en el componente destinado a cubrir la parte inferior del cuerpo siempre que estos elásticos no estén unidos sino obtenidos directamente en la confección del punto.

No constituyen conjuntos las combinaciones de prendas cuyos componentes estén confeccionados a partir de tejidos diferentes, incluso si esta diferencia no consiste más que en sus respectivos colores.

Todos los componentes de un conjunto deberán presentarse al mismo tiempo en un envoltorio para la venta al por menor. El acondicionamiento individual o el etiquetado por separado de cada componente de este envoltorio no influye para su clasificación como conjunto.

2. Para la aplicación de la partida 61.09 la expresión camiseta comprende las prendas de vestir, igualmente en fantasía, que se llevan sobre la misma piel, sin cuello, con o sin mangas, incluso con tirantes.

Estas prendas de vestir destinadas a cubrir la parte superior del cuerpo presentan, a menudo, numerosas características en común con los T-shirts u otros tipos más tradicionales de camisetas.

3. Se clasifican en la partida 61.11 y en las subpartidas 6116.10.20 y 6116.10.80 los guantes, mitones y manoplas impregnados, recubiertos o revestidos de plástico o caucho, independientemente de que se hayan confeccionado:

  • con tejidos de punto impregnados, recubiertos o revestidos de plástico o caucho, de las partidas 59.03 o 59.06,
  • o con tejidos de punto sin impregnar, ni recubrir, ni revestir y posteriormente impregnados, recubiertos o revestidos de plástico o caucho.

Se clasifican en los Capítulos 39 y 40: los guantes, mitones y manoplas de tejido de punto sin impregnar, ni recubrir, ni revestir y posteriormente impregnados, recubiertos o revestidos de plástico o caucho celulares, ya que el tejido es un simple soporte [Nota 2 a), punto 5, y Nota 5, último párrafo, del Capítulo 59].

Consideraciones Generales

1. Para clasificar los artículos constituidos por dos o más materias textiles en las subpartidas de este capítulo, véanse las notas explicativas del SA, consideraciones generales de esta sección.

2. Para la clasificación de las prendas de vestir presentadas en surtidos, véase la nota 14 de esta sección.

3. Cuando un componente de un traje o terno, de un traje sastre o de un conjunto de las partidas 61.03 y 61.04, presente decoraciones o guarniciones aplicadas que no se encuentren en la otra u otras prendas, todas estas prendas se clasificarán como «trajes, ternos, trajes sastre o conjuntos», siempre que tales decoraciones o guarniciones tengan una mínima importancia y estén limitadas a uno o dos lugares de dicho componente (por ejemplo: a nivel del cuello y en los extremos de las mangas o en las solapas y los bolsillos).

Sin embargo, cuando las decoraciones o guarniciones se obtengan como consecuencia de la misma formación del punto, se excluirán de la consideración de «trajes, ternos, trajes sastre o conjuntos», a no ser que se trate de un emblema de la firma u otro símbolo semejante.

4. Las prendas que cubren la parte superior del cuerpo, a diferencia de las que cubre la parte inferior y de las que cubren el cuerpo entero (por ejemplo abrigos, vestidos), son prendas que:

  • por sus características objetivas (estilo, corte etc.) están claramente destinadas a usarse como anoraks, chaquetas de trajes, partes superiores de conjuntos, camisas, blusas y blusas camiseras, partes superiores de pijamas, pullovers, cardigans y chalecos, partes superiores de conjuntos de esquí etc. (salvo disposición en contrario estas prendas no tienen que cubrir completamente la parte superior del cuerpo), y
  • no desciendan por debajo del medio muslo. Sin embargo, sobre todo en función de la moda, algunas partes de estas prendas pueden llegar mas abajo (por ejemplo flecos de fantasía o los tradicionales faldones del frac) ya que no aportan nada en lo que a la longitud de la prenda se refiere, porque no modifican la función de esas prendas, que es la de cubrir la parte superior del cuerpo.
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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Updated on 13 December, 2025
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  • Sección I
  • Sección II
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  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
    • Capítulo 50
    • Capítulo 51
    • Capítulo 52
    • Capítulo 53
    • Capítulo 54
    • Capítulo 55
    • Capítulo 56
    • Capítulo 57
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  • Sección XIII
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