Pasar al contenido principal
Inicio

Navegación principal

  • Directorio
    • Agentes de Aduana
    • Agentes de Carga
    • Empresas de Paquetería
    • Registro
  • Recursos
    • Aranceles
    • Blog
    • Calculadoras
    • Ediciones
    • Glosario
    • Normativas
  • Sistema Armonizado
    • Reglas Interpretativas
    • Notas Explicativas
    • Fracciones arancelarias
    • Informes Técnicos
    • Tablas Correlación
  • Tienda
    • Cursos
    • Depósitos
    • Membresías
    • Servicios
    • Campus
    • Contacto
Menú de cuenta de usuario
  • Iniciar sesión

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección II

Capítulo 12

Nota Explicativa por E-Aduana, 15 Julio, 2024
4 minutos
99 Vistas
Internacional
Capítulos
Notas Explicativas

12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje

Índice de contenidos

Nota Explicativa

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

1. La nuez y la almendra de palma (palmiste), las semillas de algodón, ricino, sésamo (ajonjolí), mostaza, cártamo, amapola (adormidera) y «karité», entre otras, se consideran semillas oleaginosas de la partida 12.07. Por el contrario, se excluyen de dicha partida los productos de las partidas 08.01 o 08.02, así como las aceitunas (Capítulos 07 o 20).

2. La partida 12.08 comprende no sólo la harina sin desgrasar, sino también la desgrasada parcialmente o la que ha sido desgrasada y después total o parcialmente reengrasada con su propio aceite. Por el contrario, se excluyen los residuos de las partidas 23.04 a 23.06.

3. Las semillas de remolacha, las pratenses (de prados), las de flores ornamentales, de hortalizas, de árboles forestales o frutales, de vezas (excepto las de la especie Vicia faba) o de altramuces, se consideran semillas para siembra de la partida 12.09.

Por el contrario, se excluyen de esta partida, aunque se destinen a la siembra:

  1. las hortalizas de vaina y el maíz dulce (Capítulo 07);
  2. las especias y demás productos del Capítulo 09;
  3. los cereales (Capítulo 10);
  4. los productos de las partidas 12.01 a 12.07 o de la partida 12.11.

4. La partida 12.11. comprende, entre otras, las plantas y partes de plantas de las especies siguientes: albahaca, borraja, ginseng, hisopo, regaliz, diversas especies de menta, romero, ruda, salvia y ajenjo.

Por el contrario, se excluyen:

  1. los productos farmacéuticos del Capítulo 30;
  2. las preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética del Capítulo 33;
  3. los insecticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes y productos similares de la partida 38.08.

5. En la partida 12.12, el término algas no comprende:

  1. los microorganismos monocelulares muertos de la partida 21.02;
  2. los cultivos de microorganismos de la partida 30.02;
  3. los abonos de las partidas 31.01 o 31.05.

Notas de Subpartidas

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
  1. En la subpartida 1205.10, se entiende por semillas de nabo (nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico las semillas de nabo (nabina) o de colza de las que se obtiene un aceite fijo el cual tiene un contenido de ácido erúcico inferior al 2 % en peso y un componente sólido cuyo contenido de glucosinolatos es inferior a 30 micromoles por gramo.

Consideraciones Generales

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Las partidas 12.01 a 12.07 comprenden las semillas y frutos que se utilizan normalmente para la extracción de aceite o grasa comestibles o industriales, por prensado o por medio de disolventes, tanto si se destinan efectivamente a dichos usos como si se utilizan para sembrar u otros fines. No incluyen los productos de las partidas 08.01 o 08.02, las aceitunas (Capítulos 07 o 20) ni determinados frutos y semillas susceptibles de producir aceite, pero principalmente utilizados para otros fines, tales como huesos (carozos) y almendras (semillas) de chabacano (damasco, albaricoque), durazno (melocotón), ciruela (partida 12.12) o granos de cacao (partida 18.01).

Las semillas y frutos de estas partidas pueden estar enteros, quebrantados, descortezados o pelados. Pueden además haber sido sometidos a un tratamiento térmico moderado destinado principalmente a asegurar una mejor conservación (por ejemplo: inactivando las enzimas lipolíticas, eliminando una parte de la humedad), para quitar el amargor o facilitar su utilización, siempre que este tratamiento no modifique su carácter de producto natural ni lo haga más adecuado para un uso que no sea el general.

Los residuos sólidos de la extracción de los aceites vegetales de semillas o frutos oleaginosos, así como la harina desgrasada, se clasifican en las partidas 23.04, 23.05 o 23.06.

Notas Complementarias Estados Unidos

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
  1. No se hará ninguna concesión en peso por tierra u otras impurezas en las semillas de cualquier tipo previstas en este capítulo.
  2. La cantidad agregada de cacahuates ingresada bajo las subpartidas 1202.30.40, 1202.41.40, 1202.42.15, 1202.42.60 y 2008.11.46 durante el período de 12 meses desde el 1 de abril de cualquier año hasta el 31 de marzo siguiente, inclusive, no excederá las cantidades aquí especificadas (los artículos producto de México no se permitirán ni se incluirán bajo esta limitación cuantitativa y dichos artículos no serán clasificables en la misma).
País o áreaCantidad (Toneladas métricas)
 Ingresados ​​en el período de 12 meses desde el 1 de abril de cualquier año hasta el 31 de marzo del año siguiente, inclusive
Argentina43,901
Otros9,005

A los efectos de esta nota, las importaciones de cacahuetes con cáscara se imputarán a las cantidades indicadas en esta nota a razón de 75 kilogramos por cada 100 kilogramos de cacahuetes con cáscara.

Las importaciones de cacahuetes contempladas en esta nota están sujetas a las reglamentaciones que emita el Representante Comercial de los Estados Unidos u otra agencia designada.

Notas Estadísticas

  1. Para consultar la lista de normas aprobadas para "Orgánico certificado", véase la Nota estadística general 6.
Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window
Copied to clipboard
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 6 Julio, 2025
Español
  • Partida 12.01
  • Partida 12.02
  • Partida 12.03
  • Partida 12.04
  • Partida 12.05
  • Partida 12.06
  • Partida 12.07
  • Partida 12.08
  • Partida 12.09
  • Partida 12.10
  • Partida 12.11
  • Partida 12.12
  • Partida 12.13
  • Partida 12.14
Enlaces transversales de Book para Capítulo 12
  • Partida 11.09
  • Arriba
  • Partida 12.01

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
    • Capítulo 06
    • Capítulo 07
    • Capítulo 08
    • Capítulo 09
    • Capítulo 10
    • Capítulo 11
    • Capítulo 12
      • Partida 12.01
      • Partida 12.02
      • Partida 12.03
      • Partida 12.04
      • Partida 12.05
      • Partida 12.06
      • Partida 12.07
      • Partida 12.08
      • Partida 12.09
      • Partida 12.10
      • Partida 12.11
      • Partida 12.12
      • Partida 12.13
      • Partida 12.14
    • Capítulo 13
    • Capítulo 14
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVI
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Contenido reciente

  • Perfil Empresa - Cargo Agency Premium View
    31 Julio, 2026
  • Perfil Empresa - Courier Company Premium View
    31 Julio, 2026
  • Perfil Empresa - Customs Agency Premium View
    31 Julio, 2026
  • Diversificación de la cadena de suministro en Latinoamérica: resiliencia, nearshoring y estrategia logística global
    29 Julio, 2026
  • Colombia pierde fuerza petrolera en la región mientras Ecuador mantiene estabilidad en producción
    28 Julio, 2026
  • Páramo de Santurbán: nueva delimitación genera debate entre mineros, comunidades y ambientalistas
    27 Julio, 2026
  • La carrera por la Secretaría General de la ONU entra en su fase decisiva: estos son los principales candidatos
    25 Julio, 2026
  • Estados Unidos anuncia nuevos aranceles a 60 países por presuntas violaciones relacionadas con el trabajo forzoso
    24 Julio, 2026
  • España y la Unión Europea impulsan nuevas reglas para un turismo sostenible en espacios naturales protegidos
    24 Julio, 2026
  • Singapur construye el puerto automatizado más grande del mundo: así avanza la megaobra marítima de Tuas
    24 Julio, 2026
  • Pequeñas empresas demandan al Gobierno de Trump por los nuevos aranceles globales
    24 Julio, 2026
  • Trump propone cortar el comercio con España y aumenta la tensión diplomática dentro de la OTAN
    13 Julio, 2026
  • UE impone tarifa de 3 euros a paquetes de bajo valor: Impacto en Shein, Temu y el comercio online
    3 Julio, 2026
  • México mantiene suspendidas las relaciones con Ecuador y exige condiciones para reanudar el diálogo diplomático
    3 Julio, 2026
  • China acelera los pagos a proveedores de baterías para reforzar su liderazgo en la industria del vehículo eléctrico
    3 Julio, 2026
  • India impulsa la Minería Urbana: Cómo el reciclaje de residuos electrónicos se convierte en una fuente estratégica de minerales críticos
    25 Junio, 2026
  • Japón y la minería en aguas profundas: la carrera por las tierras raras en el Pacífico
    24 Junio, 2026
  • La Unión Europea refuerza su estrategia de materias primas críticas para reducir la dependencia externa
    24 Junio, 2026
  • México Refuerza su Liderazgo Mundial en la Exportación de Aguacate con Récord Histórico de Ventas
    24 Junio, 2026
  • Flotas Pesqueras Extranjeras Frente al Perú: Cómo Impactan la Economía, las Exportaciones y el Comercio Marítimo
    24 Junio, 2026
0

Contenido

  • Derecho Internacional
  • Incoterms
  • Legislación Aduanera
  • Logística
  • Merceología
  • Operaciones Internacionales
  • Organismos de Control

Países

  • Bolivia
  • Colombia
  • Ecuador
  • América Central
  • Internacional
  • México
  • Perú
  • Uruguay
  • Costa Rica
  • Venezuela
  • Argentina
  • Chile
  • Panamá
  • Unión Europea
  • Estados Unidos
  • China

Categorías

  • Clasificación Arancelaria
  • Operaciones Aduaneras
  • Obligación Tributaria
  • Política Comercial
  • Tránsito Internacional
  • Geopolítica
E-Aduana© 2022 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise