Pasar al contenido principal
Inicio

Navegación principal

  • Directorio
    • Agentes de Aduana
    • Agentes de Carga
    • Empresas de Paquetería
    • Registro
  • Recursos
    • Aranceles
    • Blog
    • Calculadoras
    • Ediciones
    • Glosario
    • Normativas
  • Sistema Armonizado
    • Reglas Interpretativas
    • Notas Explicativas
    • Fracciones arancelarias
    • Informes Técnicos
    • Tablas Correlación
  • Tienda
    • Cursos
    • Depósitos
    • Membresías
    • Servicios
    • Campus
    • Contacto
Menú de cuenta de usuario
  • Iniciar sesión

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección XIII
  4. Capítulo 69
  5. Subcapítulo II

Partida 69.13

Nota Explicativa por E-Aduana, 20 Julio, 2024
4 minutos
36 Vistas
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

69.13 Estatuillas y demás artículos para adorno, de cerámica

Índice de contenidos
anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse
CódigoDesignación de la MercancíaU.F
 II. LOS DEMÁS PRODUCTOS CERÁMICOS 
69.13Estatuillas y demás artículos para adorno, de cerámica. 
6913.10.00- De porcelanau
6913.90.00- Los demásu

Fracciones Arancelarias

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Nota Explicativa

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Esta partida comprende una gran variedad de artículos de cerámica esencialmente diseñados para la decoración interior, el adorno de habitaciones, oficinas, salas de reuniones, iglesias, etc., o para la ornamentación de exteriores (por ejemplo, jardines).

Sin embargo, no están comprendidos aquí los artículos clasificados en partidas más específicas de la Nomenclatura, incluso si por su naturaleza o su acabado concurren a la ornamentación o a la decoración de locales u otros lugares. Tal es el caso de:

  1. Cornisas, frisos y ornamentos arquitectónicos similares (partida 69.05).
  2. Artículos que contengan metal precioso o metales chapados con metal precioso salvo que se trate de simples guarniciones o adornos (Capítulo 71).
  3. Bisutería (partida 71.17).
  4. Barómetros, termómetros y demás aparatos del Capítulo 90.
  5. Aparatos de relojería, así como sus cajas y gabinetes, incluso si estos últimos están adornados y consisten, por ejemplo, en estatuillas o figuras análogas manifiestamente destinadas a alojar un reloj de pared o de mesa Capítulo 91).
  6. Aparatos de alumbrado y sus partes, de la partida 94.05.
  7. Juguetes, juegos y artículos para entretenimiento y para deporte (Capítulo 95).
  8. Botones, pipas, encendedores de mesa, pulverizadores de tocador y demás artículos del Capítulo 96.
  9. Cuadros, pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, así como los productos originales de estatuaria y los objetos de colección y las antigüedades de más de 100 años (Capítulo 97).
  10. Ídem al anterior.

Esta partida comprende:

A) Los artículos sin valor realmente utilitario, así como aquéllos cuya verdadera utilidad consiste en contener o sostener otros objetos decorativos o en realzar el efecto ornamental; tal es el caso, principalmente, de:

  1. Las estatuas, estatuillas, bustos, alto y bajorrelieves y demás motivos análogos para la decoración interior o exterior, figuras de chimenea, relojes o estanterías (reproducciones de animales, figuras simbólicas, alegorías, etc.); trofeos conseguidos con motivo de manifestaciones deportivas o artísticas; adornos murales, tales como placas, bandejas, fuentes, platos, etc., con dispositivos para colgar; medallas, medallones, pantallas de chimenea, frutos y follajes artificiales, incluidas las coronas mortuorias para decorar las tumbas; objetos de estantería o de vitrina, etc.
  2. Los crucifijos y ornamentos religiosos o de iglesia.
  3. Los jarrones, maceteros, jardineras de mesa y tiestos, con carácter puramente ornamental.

B) La vajilla y demás artículos de uso doméstico en los que el carácter ornamental predomine netamente sobre el realmente utilitario, por ejemplo: las bandejas con motivos decorativos en relieve que excluyan la posibilidad de un uso normal, los ceniceros de ejecución tal que el papel de recipientes sea claramente accesorio, los objetos que constituyan miniaturas sin utilidad real. Hay que observar a este respecto, que las vajillas y utensilios domésticos generalmente diseñados como tales pueden llevar motivos de adorno, incluso bastante importantes, que no excluyan el uso como artículos utilitarios. Si por esta circunstancia, el carácter utilitario de tales artículos decorados es el mismo que el de los artículos correspondientes sin decorar, estos artículos se clasifican en las partidas 69.11 y 69.12 y no en esta partida.

C) Los artículos (excepto, la vajilla y los artículos de uso doméstico) utilizados para la ornamentación de habitaciones, oficinas, salas de reunión, etc., y principalmente, los juegos de fumador, estuches para joyas, bomboneras, cigarreras, pebeteros, escribanías, sujetalibros, prensapapeles y adornos de oficina similares y los marcos.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

anunciar empresa
Anunciar Empresa
Miles de visitantes ya vieron este anuncio, tu empresa puede ser la siguiente
Anunciar
Suscribirse

Esta partida comprende, entre otros, los platos ornamentales.

Se considera ornamental el plato que, a la vez:

1. presente en la cara exterior un motivo decorativo (flores, plantas, paisajes, animales, personas, figuras mitológicas, representaciones simbólicas, reproducciones de obras de arte o religiosas, etc.) que, en razón de la superficie que recubre, lo haga manifiestamente apropiado para la ornamentación; y

2. no pertenezca a un servicio de mesa; y

3. cumpla una o varias de las siguientes condiciones:

  1. esté perforado, de parte a parte, en el borde exterior con uno o varios agujeros para introducir una sujeción que permita colgarlo;
  2. se importe con su soporte, que es el adecuado para la exposición del plato y no tenga una utilización separada;
  3. presente una forma, dimensión o peso que lo hagan manifiestamente impropio para un uso utilitario;
  4. la materia empleada en su fabricación o decoración (en especial, pintura o metal) lo haga impropio para un uso culinario o alimentario;
  5. su superficie utilizable no sea lisa (lo que hace difícil su limpieza).

Subpartida Arancelaria 6913.90.10

De barro ordinario

Véase la nota explicativa de las subpartidas 6912 00.21 y 6912 00.81.

Subpartida Arancelaria 6913.90.93

De loza o de barro fino

Véase la nota explicativa de la subpartida 6912.00.25 y 6912 00.85.

Subpartida Arancelaria 6913.90.98

Los demás

Véanse las notas explicativas de las subpartidas 6912.00.23 y 6912.00.83 o 6912.00.29 y 6912 00.89.

Copied to clipboard
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 14 Diciembre, 2025
Español
Enlaces transversales de Book para Partida 69.13
  • Partida 69.12
  • Arriba
  • Partida 69.14

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
    • Capítulo 68
    • Capítulo 69
      • Subcapítulo I
      • Subcapítulo II
        • Partida 69.04
        • Partida 69.05
        • Partida 69.06
        • Partida 69.07
        • Partida 69.08
        • Partida 69.09
        • Partida 69.10
        • Partida 69.11
        • Partida 69.12
        • Partida 69.13
        • Partida 69.14
    • Capítulo 70
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVI
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Contenido reciente

  • Canadienses pueden ingresar a Estados Unidos sin visa en ciertos casos: Cómo funciona el sistema fronterizo
    29 Mayo, 2026
  • Unión Europea multa a Temu con 200 millones de euros por vender productos ilegales
    29 Mayo, 2026
  • Chevron acuerda venta de negocios de combustibles en Asia-Pacífico a ENEOS en operación de USD 2.170 millones
    20 Mayo, 2026
  • China busca comprar todo el café y cacao de Colombia: oportunidad histórica para el agro
    20 Mayo, 2026
  • Emiratos Árabes impulsa nuevo oleoducto para reducir riesgos en el mercado petrolero global
    19 Mayo, 2026
  • Lentes de Realidad Virtual
    18 Mayo, 2026
  • BRTH - Tira Nasal Adhesiva de Respiración
    18 Mayo, 2026
  • Lentes de realidad virtual - Oculus
    18 Mayo, 2026
  • Tira nasal adhesiva de respiración - BRTH
    18 Mayo, 2026
  • Partida 90.19
    18 Mayo, 2026
  • FDA endurece controles a alimentos importados: nuevas alertas, inspecciones y riesgos para exportadores
    15 Mayo, 2026
  • Perú y Suiza impulsan oro responsable: minería artesanal sostenible, formalización y nuevos mercados internacionales
    14 Mayo, 2026
  • Crisis comercial entre Ecuador y Colombia golpea exportaciones y pone en riesgo el comercio andino
    14 Mayo, 2026
  • Crisis mundial del petróleo: reservas caen a niveles críticos y aumentan temores por alza de combustibles
    13 Mayo, 2026
  • Crisis en el Estrecho de Ormuz: Reino Unido y Francia impulsan misión militar para proteger el comercio mundial
    12 Mayo, 2026
  • México pierde posición en la industria automotriz mundial por aranceles de EE.UU. en 2025
    10 Mayo, 2026
  • Remesas en México 2026: estados que más dinero reciben y cómo afecta la inflación
    10 Mayo, 2026
  • Inflación en México 2026: hogares de bajos ingresos enfrentan mayor presión económica
    10 Mayo, 2026
  • La industria wellness y fitness premium impulsa un nuevo mercado global de salud preventiva y tecnología
    10 Mayo, 2026
  • La relojería de lujo impulsa un mercado global multimillonario con innovación, exclusividad y alta demanda
    10 Mayo, 2026
0

Contenido

  • Derecho Internacional
  • Incoterms
  • Legislación Aduanera
  • Logística
  • Merceología
  • Operaciones Internacionales
  • Organismos de Control

Países

  • Bolivia
  • Colombia
  • Ecuador
  • América Central
  • Internacional
  • México
  • Perú
  • Uruguay
  • Costa Rica
  • Venezuela
  • Argentina
  • Chile
  • Panamá
  • Unión Europea
  • Estados Unidos
  • China

Categorías

  • Clasificación Arancelaria
  • Operaciones Aduaneras
  • Obligación Tributaria
  • Política Comercial
  • Tránsito Internacional
E-Aduana© 2022 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise