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Partida 84.73

Nota Explicativa por E-Aduana, 22 Julio, 2024
5 minutos
112 Vistas
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

84.73 Partes y accesorios (excepto los estuches, fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 84.70 a 84.72

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
84.73Partes y accesorios (excepto los estuches, fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 84.70 a 84.72. 
 - Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.70: 
8473.21.00- - De máquinas de calcular electrónicas de las subpartidas 8470.10, 8470.21 u 8470.29u
8473.29.00- - Los demásu
8473.30.00- Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71u
8473.40- Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.72: 
8473.40.10- - De copiadorasu
8473.40.90- - Los demásu
8473.50.00- Partes y accesorios que puedan utilizarse indistintamente con máquinas o aparatos de varias de las partidas 84.70 a 84.72u

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Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), esta partida comprende las partes y accesorios destinados exclusiva o principalmente a las máquinas o aparatos de las partidas 84.69 a 84.72.

Los accesorios de esta partida pueden consistir en órganos de equipamiento intercambiables que permitan adaptar las máquinas a un trabajo determinado, o bien, de mecanismos que le confieran posibilidades suplementarias, e incluso, dispositivos que permitan un servicio determinado en relación con la función principal de la máquina.

Están comprendidos aquí principalmente:

  1. Los dispositivos de plegado en acordeón para la alimentación continua del papel a las máquinas de escribir, máquinas de contabilidad, etc.
  2. Los dispositivos de espaciar para estas mismas máquinas.
  3. Los dispositivos para obtener en forma de listas las direcciones impresas por las máquinas de imprimir direcciones.
  4. Los dispositivos impresores para tabuladoras.
  5. Los dispositivos portacopias para máquinas de escribir.
  6. Las plantillas de estarcir y las placas metálicas, sin estampar, pero identificables como tales, para máquinas de imprimir direcciones.
  7. Los dispositivos de cálculo para máquinas de escribir, de contabilidad, calculadoras, etc.
  8. Los disquetes para la limpieza de mecanismos de arrastre de disco en máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, etc.
  9. Los módulos de memoria electrónicos (por ejemplo, SIMMs (módulos de memoria de una línea de conexiones) y DIMMs (módulos de memoria de dos líneas de conexiones)) destinados exclusiva o principalmente a máquinas automáticas de tratamiento o procesamiento de datos, que ni son componentes discretos del tipo de los citados en la Nota 8 B) ii) del Capítulo 85, ni tienen una función propia.

No están comprendidos aquí los estuches de transporte, las fundas, alfombrillas de fieltro, etcetera, que siguen su propio régimen, ni las mesas o muebles similares, incluso si son de uso exclusivo en oficinas (partida 94.03). Se clasifican por el contrario en esta partida los muebles proyectados para alojar permanentemente, como un bastidor, una máquina o un aparato de las partidas 84.69 a 84.72, y que sólo pueden utilizarse con esta máquina o aparato.

Se excluyen además de esta partida:

  1. Las bobinas y soportes similares para las máquinas o aparatos de las partidas 84.69, 84.70, 84.71 u 84.72 (clasificación según la materia constitutiva: partida 39.23, Sección XV, etc.).
  2. Los esténciles o clisés de papel para copiadoras (partida 48.16) o de otras materias (clasificación según la materia constitutiva).
  3. Las tarjetas impresas para la estadística (partida 48.23).
  4. Los cargadores de discos magnéticos (disk packs) y demás soportes preparados para registro magnético (partida 85.23).
  5. Los circuitos integrados y las microestructuras electrónicas (partida 85.42).
  6. Los dispositivos adaptables a las máquinas de escribir para controlar la velocidad de pulsación (partida 90.29).
  7. Las cintas para máquinas de escribir o similares, incluso en carretes o cartuchos (régimen de la materia constitutiva o en la partida 96.12 si están entintadas o preparadas de otro modo para imprimir).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Además de las partes y accesorios descritos en las notas explicativas del SA, partida 84.73, también se clasifican en esta partida:

  1. las cabezas magnéticas de tecnología Winchester o de capa delgada para las unidades periféricas de memoria en disco magnético, incluso montadas sobre brazos soporte o en cajas;
  2. los bloques de memoria de información que se montan en forma fija en las unidades de memoria de disco (HDA = Head/Disk/-Assemblies), constituidos por varios discos magnéticos montados en forma rígida sobre un soporte de pivote, por brazos con cabezas de lectura/escritura, por mecanismos de mando, de acceso y de colocación, todo el conjunto incluido en una caja herméticamente cerrada;
  3. las casetes impresoras que, presentadas como accesorios intercambiables, contienen, en un estuche especial, cintas entintadas y cintas correctoras.

Subpartida Arancelaria 8473.21.10

Conjuntos electrónicos montados

Véase la nota explicativa de las subpartida 8443. 99.10.

Subpartida Arancelaria 8473.29.10

Conjuntos electrónicos montados

Véase la nota explicativa de las subpartida 8443.99.10.

Subpartidas Arancelarias 8473.30.20 y 8473.30.80

Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71

Quedan excluidos de estas subpartidas los teclados para máquinas para tratamiento o procesamiento de datos presentados en su propia envolvente (subpartida 8471.60.60 ).

Subpartida Arancelaria 8473.30.20

Conjuntos electrónicos montados

Véase la nota explicativa de las subpartida 8443.99.10.

Subpartida Arancelaria 8473.30.80

Las demás partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71

Esta subpartida no comprende las fundas, ya tengan o no soporte, para ordenadores tableta (tabletas) u ordenadores minitableta (minitabletas) (clasificación en la partida 42.02 o, si carecen de cubierta delantera, en función de su materia constitutiva). Dichas fundas han sido diseñadas fundamentalmente para proteger la parte trasera, los laterales y la parte delantera de una tableta o minitableta y, por tanto, no se consideran un accesorio de las máquinas de la partida 84.71, ya que no aumentan la gama de prestaciones de una tableta o minitableta ni prestan un servicio determinado en relación con la función principal de la máquina.

Subpartida Arancelaria 8473.40.10

Conjuntos electrónicos montados

Véase la nota explicativa de las subpartida 8443.99.10.

Subpartida Arancelaria 8473.40.80

Los demás

Entre los artículos pertenecientes a esta subpartida, se pueden citar los clisés de direcciones que, en las máquinas para imprimir direcciones, llevan la dirección a reproducir bien estampada, bien acuñada, bien recortada. Según los casos, son placas metálicas, clisés de reproducción enmarcados, tarjetas o plaquitas de plástico, etc.

También se clasifican aquí estos clisés de direcciones reconocibles como destinados a las máquinas de imprimir direcciones, aun cuando la dirección no haya sido todavía grabada o recortada. Sin embargo, estos artículos en papel y cartón, como son los clisés de multicopistas de pequeñas dimensiones enmarcados en cartón para permitir su inserción en la máquina, se clasifican en la partida 48.16 .

Subpartida Arancelaria 8473.50.20

Conjuntos electrónicos montados

Véase la nota explicativa de las subpartida 8443.99.10.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 17 Diciembre, 2025
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