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  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección XX
  4. Capítulo 95

Partida 95.03

Nota Explicativa por E-Aduana, 22 Julio, 2024
19 minutos
1326 Vistas
Internacional
Partidas
Notas Explicativas

95.03 Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase

Índice de contenidos
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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
9503.00Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. 
9503.00.10- Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecosu
 - Muñecas o muñecos, sus partes y accesorios: 
9503.00.22- - Muñecas o muñecos, incluso vestidosu
9503.00.28- - Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocadosu
9503.00.29- - Partes y demás accesoriosu
9503.00.30- Modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animadosu
9503.00.40- Rompecabezas de cualquier claseu
 - Los demás juguetes: 
9503.00.91- - Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás  accesoriosu
9503.00.92- - De construcciónu
9503.00.93- - Que representen animales o seres no humanosu
9503.00.94- - Instrumentos y aparatos, de músicau
9503.00.95- - Presentados en juegos o surtidos o en panopliasu
9503.00.96- - Los demás, con motoru
9503.00.99- - Los demásu

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Nota Explicativa

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Esta partida comprende:

A) Los juguetes de ruedas.

La propulsión de estos juguetes se consigue la mayoría de las veces apoyándose directamente en el suelo (patinetes sin pedales), o mediante un sistema de pedales, de manivelas o de palancas, que transmite el movimiento a las ruedas por una cadena o un dispositivo de varillas. En otros casos, estos juguetes son impulsados por un motor, arrastrados o empujados por otra persona.

Entre estos juguetes, se pueden citar:

  1. Los triciclos, motocarros y artículos similares, excepto las bicicletas para niños, que se clasifican en la partida 87.12.
  2. Los patinetes de dos o tres ruedas para niños, adolescentes o adultos, con una columna de dirección que puede ser regulable y pequeñas ruedas, macizas o inflables. A veces disponen de un manillar (manubrio) tipo bicicleta y un freno en la rueda trasera que se acciona con la mano o con el pie.
  3. Los juguetes con ruedas accionados mediante un sistema de pedales o una manivela, que tengan forma de animales.
  4. Los coches de pedal, que generalmente adoptan la forma, en miniatura, de un coche de turismo, de un jeep, de un camión, etc.
  5. Los juguetes de ruedas accionados por palancas manuales.
  6. Los carritos y animales montados sobre ruedas, sin transmisión mecánica, suficientemente grandes y resistentes para llevar un niño y que son arrastrados o empujados.
  7. Los coches de motor para niños.

B) Los coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos, incluso los plegables.

Este grupo comprende los cochecitos, carreolas y demás coches para muñecas, incluso plegables, equipados con dos o más ruedas. También comprende los artículos de cama para los cochecitos, carreolas y demás coches para muñecas similares a los de las camas para muñecas.

C) Muñecas o muñecos.

Esta partida comprende no sólo las muñecas o muñecos para el entretenimiento de los niños, sino también las muñecas para usos decorativos (muñecas de salón, mascotas, fetiches, etc.), las muñecas para teatros guiñol o para teatros de marionetas, así como las muñecas que representan al ser humano deformado (por ejemplo, polichinelas o monigotes).

Las muñecas o muñecos son generalmente de caucho, plástico, materias textiles, cera, cerámica (porcelana, etc.), madera, cartón, papel o una combinación de estas materias. Pueden estar articulados y llevar mecanismos que les permitan andar, mover la cabeza, los brazos o los ojos, emitir sonidos que imiten la voz humana, etc. Finalmente, pueden estar vestidos o sin vestir.

Entre las partes y accesorios de muñecas o muñecos se pueden citar las cabezas, cuerpos, extremidades, ojos (excepto los de vidrio sin montar de la partida 70.18), los mecanismos para cerrar o hacer girar los ojos, para la voz o sonidos y demás mecanismos, las pelucas, los vestidos, calzados y sombreros.

D) Otros juguetes.

Este grupo comprende los juguetes destinados esencialmente al entretenimiento de personas (niños o adultos). Sin embargo, los juguetes que, por su concepción, forma o material constituyente, son identificables como destinados exclusivamente a animales, por ejemplo, para animales de compañía, no se clasifican en esta partida y siguen su propio régimen. Se clasifican principalmente en este apartado:

Todos los juguetes no incluidos en los apartados A) a C) precedentes. Muchos de los juguetes de este apartado son accionados mecánica o eléctricamente.

Entre los juguetes de este apartado se puede citar:

  1. Los juguetes que representen animales o criaturas no humanas, aunque tengan esencialmente características físicas humanas (por ejemplo, ángeles, robotes, demonios o monstruos) incluidos los de teatros de marionetas.
  2. Las armas de juguete de todas clases.
  3. Los juegos de construcción (mecánicos, de cubos, etc.).
  4. Los vehículos de juguete (excepto los del apartado A), por ejemplo, trenes (incluso eléctricos), aviones o barcos, y sus accesorios (por ejemplo, rieles, pistas o señales).
  5. Los juguetes sin ruedas para que se monten los niños (por ejemplo, caballos oscilantes).
  6. Las máquinas de juguete (motores distintos de los eléctricos, máquinas de vapor, etc.).
  7. Los globos de juguete y las cometas, para el entretenimiento de niños y adultos.
  8. Los soldados de plomo y similares, así como los fuertes y demás accesorios.
  9. Los artículos de deporte que tengan el carácter de juguetes, que se presenten en juegos o surtidos o aisladamente (por ejemplo, juegos o surtidos de golf, de tenis, de tiro con arco, de billar; bates de béisbol, bates de cricket, palos de hockey, etc.).
  10. Las herramientas y artículos de jardinería (incluidas las carretillas para niños).
  11. Los aparatos de proyección de juguete (cines, linternas mágicas, etc.) y las gafas (anteojos) de juguete.
  12. Los instrumentos y demás aparatos musicales que tengan el carácter de juguetes (pianos, trompetas, tambores, tocadiscos, armónicas, acordeones, xilófonos, cajas de música, etc.).
  13. Las casas de muñecas y su mobiliario, incluidos los artículos de cama.
  14. Las tiendas de juguete, las vajillas de juguete y artículos de uso doméstico de juguete.
  15. Los ábacos de juguete.
  16. Las máquinas de coser de juguete.
  17. Los relojes de juguete.
  18. Los conjuntos de carácter educativo: cajas de química, de electricidad, de fundidor, de imprenta, de costura, de tricotar, etc.
  19. Los aros, diábolos, peones (incluso con música), las combas (provistas de puños), pelotas y balones (excepto los de las partidas 95.04 y 95.06).
  20. Los libros y hojas compuestos esencialmente por estampas para recortar destinadas a formar un conjunto y los libros que llevan ilustraciones movibles o que se levantan al abrir el libro, cuando el artículo constituya esencialmente un juguete (véase la Nota Explicativa de la partida 49.03).
  21. Las bolas de juguete (principalmente las canicas, bolas veteadas o multicolores que imitan al ágata, en cualquier acondicionamiento y las bolas de cualquier clase que se presenten en cajas, bolsitas, etc., para el entretenimiento de los niños).
  22. Los sonajeros y los muñecos en cajas de resortes, las huchas o alcancías de juguete, los teatros en miniatura con personajes o sin ellos, etc.
  23. Las tiendas (carpas) de juguete que usan los niños tanto en casa como al aire libre.

Algunos de los artículos anteriores (armas de juguete, herramientas y artículos de jardinería, soldados de plomo, etc.) se presentan frecuentemente en juegos o surtidos.

Los juguetes que son reproducción de artículos usados por los adultos, tales como las planchas eléctricas, las máquinas de coser, los instrumentos de música, etc., se distinguen, por lo general, de los segundos por la naturaleza de las materias constitutivas, por su factura generalmente más rudimentaria, por sus dimensiones reducidas (adaptadas a la estatura de los niños) y por su rendimiento bastante pequeño que no permite el uso para un trabajo normal de adulto.

E) Los modelos reducidos y modelos similares para entretenimiento:

Se trata principalmente de modelos reducidos, incluso animados, de barcos, aeronaves, trenes, vehículos automóviles, por ejemplo, que pueden presentarse en forma de surtidos con las partes y fornituras necesarias para la construcción de dichos modelos, con exclusión de los conjuntos que presenten las características de los juegos de competición de la partida 95.04 (por ejemplo, los conjuntos de automóviles de carrera con sus circuitos).

Se clasifican también en este grupo las reproducciones de artículos de tamaño real o aumentado, siempre que se trate de artículos de entretenimiento.

F) Los rompecabezas de cualquier clase.


Por otra parte, ciertos artículos que, aisladamente, se clasificarían en otras partidas de la Nomenclatura, adquieren el carácter de juguetes por la circunstancia de su agrupación y de su presentación. Tal sería el caso, por ejemplo, de una caja de química que comprenda tubos y matraces de vidrio, una lámpara de alcohol y productos químicos, o una caja de mercería (o neceser de costura) que contenga hilo, tijeras, agujas, un dedal, etc., siempre que estos conjuntos mantengan el carácter de juguetes.

Conforme a lo dispuesto en la Nota 4 del presente Capítulo, y salvo lo dispuesto en la Nota 1, permanecen aquí clasificados los artículos de esta partida combinados con uno o más productos que no puedan ser considerados como juegos o surtidos conforme a la Regla General 3 b), y que por tanto, si se presentasen separadamente, serían clasificados en otras partidas, siempre que estos artículos se presenten juntos, acondicionados para la venta al por menor, y que esta combinación reúna las características esenciales de los juguetes.


PARTES Y ACCESORIOS

Esta partida comprende también las partes y accesorios de artículos de esta partida que sean identificables como destinados exclusiva o principalmente para montarlos en dichos artículos, a condición de que no se trate de artículos excluidos por la Nota 1 de este Capítulo. Entre estas partes y accesorios, se pueden citar:

  1. Los mecanismos de cajas de música que por la forma, la materia constitutiva o la factura rudimentaria, no puedan utilizarse en las cajas de música de la partida 92.08.
  2. Los motores en miniatura de combustión interna, de émbolo o que funcionen por cualquier otro sistema (con exclusión de los motores eléctricos de la partida 85.01), para montarlos en modelos reducidos, por ejemplo, de aviones o de barcos y que se caracterizan principalmente por su pequeña cilindrada y baja potencia y el peso y dimensiones reducidas.

Se excluyen además de esta partida:

  1. Los colores para entretenimiento de los niños (partida 32.13).
  2. Las pastas para modelar para entretenimiento de los niños (partida 34.07).
  3. Los libros o álbumes de estampas para niños y los álbumes para dibujar o colorear para niños, de la partida 49.03.
  4. Las calcomanías (partida 49.08).
  5. Las campanas y campanillas, gongos y artículos similares, de la partida 83.06.
  6. Las cajas de música en las que esté montada una muñeca (partida 92.08).
  7. Los naipes (partida 95.04).
  8. Los matasuegras (espantasuegras) y sombreros de papel, máscaras, etc. (partida 95.05).
  9. Las tizas para escribir y los lápices de colores de la partida 96.09.
  10. Ídem al anterior.
  11. Las pizarras y tableros, de la partida 96.10.
  12. Los maniquíes para la presentación de vestidos u otros usos y los autómatas (partida 96.18).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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A fin de distinguir entre juguetes que representen seres humanos y juguetes que representen animales o criaturas no humanas, no se tomarán en consideración:

  • su color (por ejemplo, una piel de color púrpura o verde no les confiere carácter de criatura no humana), ni
  • información general sobre los personajes que representan o sus poderes y habilidades (por ejemplo, su lugar de nacimiento o su capacidad de volar).

Si un juguete lleva una máscara (con o sin, por ejemplo, orejas de animal) que deje partes grandes o reconocibles del rostro humano visibles o identificables, o si la máscara puede quitarse para revelar rasgos humanoides, deberá considerarse un juguete que representa un ser humano.

Esta partida comprende:

  1. los artículos inflables de diferentes formas y tamaños para jugar en el agua, por ejemplo, los flotadores para la cintura o con forma de animales, decorados o no, incluso si están diseñados para sentarse en ellos;
  2. los botes inflables destinados a los niños para jugar;
  3. los helicópteros con varios rotores (denominados «drones») de diferentes tamaños. Pueden distinguirse de los artículos de la partida 88.02 , por ejemplo, en función de su bajo peso, de la altura, distancia o tiempo limitados que pueden volar, su velocidad máxima, su incapacidad para volar de forma autónoma o para transportar carga.

Se controlan a distancia fácilmente y no están equipados con complejos dispositivos electrónicos (por ejemplo, GPS, instrumentos de vuelo nocturno, cámara de visión nocturna).

Esta partida no comprende:

a) los flotadores inflables para los brazos o el cuello, los cinturones inflables o artículos similares, no destinados a labores de seguridad o salvamento, pero que se utilizan para ayudar a flotar a una persona, por ejemplo, mientras aprende a nadar (partida 95.06 );

b) los colchones neumáticos (régimen de la materia constitutiva);

c) los artículos que, por su diseño, están destinados exclusivamente a los animales (por ejemplo: ratones de trapo rellenos de hierba gatera, zapatos de cuero de búfalo para roer, huesos de plástico).

Véase también la nota 5 del presente capítulo.

d) las combinaciones compuestas de un juguete y un llavero, unidos de forma que se facilite la manipulación de las llaves unidas (por ejemplo, mediante una cadena o un clip giratorio), y que, por su tamaño, naturaleza y diseño, se utilizan principalmente para sujetar las llaves y se llevan normalmente en el bolsillo o en el bolso de mano (generalmente materia constitutiva del llavero).

Subpartida Arancelaria 9503.00.10

Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos

Esta subpartida comprende los juguetes de ruedas provistos de un motor de combustión interna concebidos para que se monten los niños, llamados «vehículos Quad», que no superen los siguientes límites:

  • velocidad máxima de 20 km/hora;
  • peso neto máximo de 50 kilogramos;
  • cilindrada del motor máxima de 49 centímetros cúbicos;
  • transmisión de una sola velocidad;
  • un solo sistema de frenado en la rueda trasera.

A diferencia de otros juguetes de ruedas clasificados en esta subpartida, los «vehículos Quad» están concebidos para circular por terrenos escabrosos.

Cuando no se cumpla alguno de estos criterios, los «vehículos Quad» se clasificarán en la partida 87.03.

Esta subpartida también comprende los escúteres equipados con un motor auxiliar, siempre que no superen los límites siguientes:

  • velocidad máxima de 20 km/hora,
  • peso neto máximo de 12 kilogramos,
  • transmisión de una sola velocidad,
  • únicamente un freno de mano o un freno de pie en la rueda trasera. 

Cuando no se cumpla alguno de estos criterios, los escúteres equipados con un motor auxiliar deben clasificarse en la partida 87.11.

Subpartida Arancelaria 9503.00.21

Muñecas y muñecos

Véanse los dos primeros párrafos de las notas explicativas del SA, partida 95.03, apartado C.

Véase también la nota explicativa de las subpartidas 9503.00.81 a 9503.00.99.

Esta subpartida comprende, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, las muñecas y muñecos sin montar o desmontadas.

Subpartida Arancelaria 9503.00.29

Partes y accesorios

Véase el tercer párrafo de las notas explicativas del SA, partida 95.03, apartado C.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.35 y 9503.00.39

Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción

Estas subpartidas comprenden los juegos o surtidos y los juguetes de construcción, excepto los modelos reducidos, que tienen el carácter de juguetes. Dichas mercancías tienen las siguientes características:

  • se componen de varios elementos individuales presentados conjuntamente en un embalaje;
  • los elementos individuales se complementan mutuamente y no sirven para jugar por sí solos. Puede suministrarse un manual de construcción con estos juegos o surtidos;
  • el principio básico es que la propia construcción o el montaje es el objetivo principal del juguete.

No se clasifican en estas subpartidas las mercancías presentadas sin montar [RGI 2 a)], por ejemplo, por motivos de embalaje, cuyo valor de entretenimiento solo se da después del montaje.

Estas subpartidas comprenden, asimismo los bloques de construcción.

Debido a sus características objetivas, los bloques están diseñados para construir una estructura. Pueden incluir, por ejemplo, pines y agujeros para que encajen o pueden componerse simplemente de superficies planas que se colocan unas sobre otras.

Ejemplos de bloques de construcción:

juguete de construcción
juguete de construcción

Ejemplo de bloques que tienen un borde que encaja en la apertura de otro para así construir una estructura (torre):

juguete de construcción

Véanse, también, las notas explicativas del SA, partida 95.03, apartado D, inciso iii).

Véanse también las notas explicativas de la NC, subpartidas 9503.00.61 y 9503.00.69 y subpartidas 9503.00.95 y 9503.00.99.

Subpartida Arancelaria 9503.00.41

Juguetes rellenos

Los juguetes rellenos de esta subpartida suelen tener un tejido exterior de material blando y estar rellenos de material flexible o blando que hace que el juguete sea agradable al tacto. Los módulos musicales, los esqueletos o las carcasas de pilas no se consideran material de relleno. Los juguetes rellenos no necesitan estar completamente rellenos si sus partes rellenas les confieren el carácter esencial de juguete relleno.

Véanse el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/352 de la Comisión[1] y el Reglamento (CE) n.o 2184/97 de la Comisión[2] sobre los juguetes que deben clasificarse en la subpartida 9503.00.41.

Otros ejemplos de juguetes que se clasifican en la subpartida 9503.00.41 como juguetes rellenos que representen animales o seres no humanos:

peluche relleno

Juguete relleno que representa un oso de tejido blando, de aproximadamente 30 cm de altura, con una cabeza rellena relativamente grande, piernas rellenas y brazos rellenos y un módulo de sonido incorporado en el cuerpo. Además del módulo sonoro, también hay un ligero relleno en el cuerpo.

peluche relleno

Oso de peluche cantante con características interactivas, de una altura aproximada de 19 cm.

El cuerpo es de plástico, incorpora un módulo de sonido alimentado por pilas y tiene tres pulsadores de encendido.

Tiene la cabeza, patas, pies, manos y brazos rellenos. Las partes rellenas en conjunto constituyen la parte predominante del material de relleno interior.

caballo de madera

Juguete que representa una cabeza de caballo rellena unida a una paleta de madera (de 60 a 100 cm de longitud) con dos ruedas fijadas en la parte inferior.

Ejemplos de juguetes que se clasifican en la subpartida 9503.00.49 como los demás juguetes que representen animales o seres no humanos:

animal de peluche

Juguete que representa un perro, de aproximadamente 25 cm de altura, recubierto de tejido felpudo blando. Tiene un cuerpo y un esqueleto de plástico provistos de un motor alimentado por pilas y un módulo sonoro. Las cuatro patas tienen una capa de revestimiento fijado en el lado interior y la cabeza está rellena.

animal de peluche

Juguete que representa una llama, de aproximadamente 17 cm de altura, recubierta de tejido felpudo blando. El cuerpo, la cabeza y el esqueleto son de plástico. Hay una capa de acolchado entre la cabeza de plástico y el tejido felpudo blando que recubre la cabeza, pero el cuerpo no contiene ningún material de relleno. El juguete tiene un motor alimentado por pilas que le permite mover las patas y el rabo, y un módulo sonoro.

peluche relleno

Juguete que representa un gatito, de aproximadamente 15 cm de altura, recubierto de tejido felpudo blando. Tiene un cuerpo y un esqueleto de plástico provistos de un motor alimentado por pilas y un módulo sonoro. Las cuatro patas están rellenas.

animal de peluche

Juguete que representa un perro de salvamento, de aproximadamente 30 cm de altura, recubierto de tejido felpudo blando. Tiene un cuerpo y un esqueleto de plástico provistos de un motor alimentado por pilas y un módulo sonoro. Las cuatro patas y una parte del hocico están rellenos.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.41 y 9503.00.49

Juguetes que representen animales o seres no humanos

Estas subpartidas comprenden, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, los juguetes sin montar o desmontados que representan animales o seres no humanos.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.61 y 9503.00.69

Rompecabezas

Estas subpartidas incluyen rompecabezas compuestos de bloques en forma de cubo.

Ejemplo de cubos que muestran parte de un rompecabezas diferente en cada una de sus seis lados:

rompecabezas

Véanse, también, el ejemplo de rompecabezas en forma de cubos clasificado en el Reglamento (CE) n.o 1056/2006 de la Comisión, de 12 de julio de 2006.

Véanse también las notas explicativas de la NC, subpartidas 9503.00.95 y 9503.000.99.

Subpartida Arancelaria 9503.00.70

Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias

Los «juegos o surtidos» de esta subpartida están compuestos por dos o más tipos de artículos diferentes (destinados principalmente al entretenimiento), acondicionados en el mismo envase para su venta al por menor sin reacondicionar.

Los artículos de la misma subpartida no se consideran tipos de artículos diferentes, excepto los cubiertos por las subpartidas 9503.00.95 o 9503.00.99 (ya que dichas subpartidas pueden incluir diversos artículos de diferentes tipos).

Un artículo único («principal») combinado con:

  1. uno o varios accesorios diseñados para ser utilizados con el artículo «principal», o
  2. artículo(s) menor(es)/insignificante(s) [véanse también, mutatis mutandis, las «Directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor», parte B (III)[3]],

no constituye un «juego o surtido» y la combinación se clasifica en el código NC correspondiente al artículo «principal».

A efectos de esta subpartida, se consideran «accesorios» los artículos concebidos para ser utilizados con el «artículo principal» pero que no son equivalentes a dicho artículo en términos de tamaño, diseño o complejidad (por ejemplo, no contienen partes móviles o articuladas ni elementos mecánicos). En general, existe una interacción reconocible entre ambos.

Ejemplos de tales accesorios serían: ropa, calzado, sombreros, bolsos y artículos de aseo para muñecas [véanse también la nota explicativa del sistema armonizado de la partida 95.03, C) Muñecas], alimentos artificiales para los juguetes (por ejemplo, una zanahoria o heno de plástico para un animal de juguete), cepillos y sillas de montar para animales de juguete, etc.

Ejemplos de «juegos o surtidos» incluidos en el código NC 9503.00.70:

juguetes
juguetes
juguetes
juguetes
juguetes
juguetes

Ejemplo de «juego o surtido» compuesto por varios «accesorios» de un tipo diferente clasificado en el código NC 9503.00.70:

juguetes

Ejemplos de artículos «principales» combinados con accesorios o un artículo menor/insignificante que no se consideran «juegos o surtidos» en el código NC 9503.00.70:

juguetes
juguetes

Por aplicación de la nota 4 del capítulo 95, esta subpartida también incluye juegos o surtidos destinados al entretenimiento de los niños, compuestos por artículos de la partida 95.03 combinados con uno o varios artículos que, si se presentaran por separado, se clasificarían en otras partidas, siempre que las combinaciones mantengan el carácter esencial de juguete. Como ejemplos cabe citar:

  • los juegos o surtidos compuestos de juguetes con forma de moldes de inyección y moldes para modelar pasta, combinados con otros artículos como tubos o pastillas de pintura, pasta para modelar, lápices y tizas;
  • juegos o surtidos de creatividad diseñados para que los niños puedan realizar mosaicos. Constan de papeles o tarjetas de cartón preimpresos y diversos elementos decorativos autoadhesivos para su incorporación a las tarjetas (por ejemplo, pequeñas piezas coloreadas de espuma y lentejuelas de plástico de colores). También pueden constar de otros pequeños artículos, como una caja. Están diseñados para el entretenimiento de niños y también para el desarrollo de su percepción de colores y formas y sus habilidades motrices finas. 

Ejemplos de productos:

juguetes
juguetes
  • juegos o surtidos de cosméticos para niños que contengan artículos de la partida 95.03 combinados con preparaciones de la partida 33.04.

No obstante, quedan excluidos los juegos o surtidos de cosméticos para niños que contengan preparaciones de la partida 33.04 pero que no incluyan ningún artículo de la partida 95.03 (partida 33.04).

Las «panoplias» de esta subpartida están compuestas por dos o más artículos diferentes acondicionados en el mismo envase para su venta al por menor, sin reacondicionar, y que son específicas de un tipo particular de entretenimiento, ocupación, persona o profesión, por ejemplo, los juegos para el aprendizaje o educativos.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.75 y 9503.00.79

Los demás juguetes y modelos, con motor

El término «motor» recogido en estas subpartidas alcanza a todos los motores y máquinas motrices de las partidas 84.06 a 84.08 , 84.10 a 84.12 y 85.01 , por ejemplo, motores neumáticos, motores con volantes de regulación, motores de muelle (motores de cuerda) o de contrapesos.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.81 a 9503.00.99

Los demás

Estas subpartidas incluyen figuras con forma humana, por ejemplo personajes de películas, cuentos o tebeos, indios, astronautas o soldados, sin partes móviles ni accesorios de ropa, fijados sobre una plataforma, pedestal u otro tipo de base que permita a la figura mantener su posición sin otros apoyos.

A menudo estas figuras son parte de una colección. Sin embargo, los niños las usan normalmente como juguetes, ya que son pequeñas, ligeras y resistentes. Por lo tanto, su función recreativa supera su valor decorativo.

Estas subpartidas comprenden, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, las figurillas humanoides sin montar o desmontadas (soldados de plomo y similares).

Subpartida Arancelaria 9503.00.87

Dispositivos de enseñanza portátiles, electrónicos e interactivos especialmente diseñados para los niños

Se clasifican en esta subpartida los dispositivos móviles (con un peso no superior a los 10 kg) diseñados en general de forma que parezcan ordenadores portátiles, tabletas, teléfonos inteligentes y artículos similares. En concreto, están destinados a su utilización por los niños para actividades de aprendizaje lúdico debido a su diseño y manipulación sencilla.

Estos dispositivos apoyan el aprendizaje por medio de la interacción entre el niño y el dispositivo. Permiten al niño elegir entre diversas opciones de entrada basados en uno o varios temas, asuntos, etc. Los dispositivos pueden responder a esas entradas y reaccionar en función de una información programada previamente. En consecuencia, el niño puede valorar su propio grado de éxito y aprender de la experiencia.

Subpartidas Arancelarias 9503.00.95 y 9503.00.99

Los demás

Estas subpartidas incluyen bloques en forma de cubo que muestran diferentes imágenes (por ejemplo, cifras, letra s), patrones e imágenes de animales). Están diseñados para el divertimento de niños pequeños. Al contrario que los bloques de construcción, estos no están diseñados para formar estructuras.

Ejemplo de un juguete compuesto de varios cubos que muestran imágenes diferentes en cada uno de sus lados:

juguete cubos
juguete cubos

Los cubos que apareen en las fotografías no están clasificados como rompecabezas porque cumplen predominantemente otras funciones (contar, divertirse, etc.). Solo uno de los seis lados de estos cubos forma parte de un rompecabezas.

Estas subpartidas no comprenden:

A) los bloques de construcción

El principal objetivo de los bloques de construcción es formar estructuras.

Véanse también las notas explicativas de la NC, subpartidas 9503.00.35 y 9503.00.39.

B) los rompecabezas Véanse también las notas explicativas de la NC, subpartidas 9503.00.61 y 9503.00.69 .


[1] Reglamento de Ejecución (UE) 2015/352 de la Comisión, de 2 de marzo de 2015, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO L 61 de 5.3.2015, p. 5).

[2] Reglamento (CE) n. o 2184/97 de la Comisión, de 3 de noviembre de 1997, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO L 299 de 4.11.1997, p. 6).

[3] DO C 105 de 11.4.2013, p. 1

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 19 Diciembre, 2025
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